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COMISION ARBITRAL CONVENIO




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COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77
Resolución General 82/2002
Apruébase el procedimiento para efectuar el pago en bonos o títulos valores con poder cancelatorio de obligaciones fiscales. Pago con bonos u otros Títulos Valores sin Compensación Bancaria o con Compensación Bancaria. Contribuyentes del Sistema General. Contribuyentes del Sistema "SICOM".
Bs. As., 5/2/2002
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que diversas jurisdicciones están aceptando para la cancelación de obligaciones en materia del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Convenio Multilateral del 18.8.77, bonos o títulos valores emitidos por ellas o por el Poder Ejecutivo Nacional.
Que es necesario establecer el procedimiento que deben seguir los contribuyentes del Convenio Multilateral del 18.8.77 para la cancelación de las obligaciones fiscales, teniendo en cuenta especialmente la posibilidad de compensación bancaria de algunos de dichos bonos.
Por ello,
LA COMISION ARBITRAL
(Convenio Multilateral del 18.8.77)
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébase el procedimiento para efectuar el pago en bonos u otros títulos valores, con poder cancelatorio de obligaciones fiscales, que como Anexo I forma parte de la presente.
Art. 2º — Derógase la Resolución General de Comisión Arbitral Nº 78.
Art. 3º — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a los fiscos adheridos y archívese. — Román G. Jáuregui. — Mario A. Salinardi.
ANEXO I
Procedimiento para el pago con bonos u otros títulos valores con poder cancelatorio de obligaciones fiscales
I. Pago con Bonos u otros Títulos Valores sin Compensación Bancaria:
A. Contribuyentes del Sistema General
1. Contribuyentes Jurisdicción Sede:


  • Confeccionar en el aplicativo SD99 la Declaración Jurada Original (o el Nº de Rectificativa que corresponda) de la Jurisdicción Sede ingresando en el campo "Otros" de "Otros Débito" el valor a depositar con bonos u otros títulos valores con poder cancelatorio de obligaciones fiscales. En el resto de los campos colocar el valor 0 (cero). Depositar el monto indicado en el Banco Oficial correspondiente.

  • Confeccionar la Declaración Jurada Rectificativa (con el Nº correspondiente) de la Jurisdicción Sede con los datos reales e ingresar en la opción "Bonos/Certificados" de "Pagos No Bancarios" el monto del pago efectuado previamente en la DDJJ Original (o en la Rectificativa correspondiente). Colocar el valor 0 (cero) en "Créditos de este Anticipo".

  • Presentar en el Banco Oficial correspondiente la Declaración Jurada Rectificativa (con el Nº correspondiente) de la Jurisdicción Sede —confeccionada según los pasos del punto anterior —, junto al resto de las Declaraciones Juradas Originales (o Rectificativas, según corresponda) de las Jurisdicciones No Sede. Depositar los importes correspondientes.


2. Contribuyentes Jurisdicciones No Sede:


  • Confeccionar en el aplicativo SD99 la Declaración Jurada Original (o el Nº de Rectificativa que corresponda) de la Jurisdicción receptora de los bonos u otros títulos valores con poder cancelatorio de obligaciones fiscales, ingresando en el campo "Otros" de "Otros Débitos" el valor a depositar con dichos títulos. En el resto de los campos colocar el valor 0 (cero). Depositar el monto indicado en el Banco Oficial de dicha Jurisdicción.

  • Confeccionar la Declaración Jurada Rectificativa (con el Nº correspondiente) de la Jurisdicción receptora de los bonos u otros títulos valores con poder cancelatorio de obligaciones fiscales, con los datos reales e ingresar en la opción "Bonos/Certificados" de "Pagos No Bancarios" el monto del pago efectuado previamente en la DDJJ Original (o en la Rectificativa correspondiente). Colocar el valor 0 (cero) en "Créditos de este Anticipo".

  • Presentar en el Banco Oficial de su Jurisdicción Sede la Declaración Jurada Rectificativa (con el Nº correspondiente) de la Jurisdicción receptora de los bonos u otros títulos valores con poder cancelatorio de obligaciones fiscales —confeccionada según los pasos del punto anterior—, junto al resto de las Declaraciones Juradas Originales (o Rectificativas, según corresponda) de las Jurisdicciones en la cual tenga actividad. Depositar los importes correspondientes.


B. Contribuyentes del Sistema "SICOM"


  • Confeccionar en el aplicativo SD99 la Declaración Jurada Original (o el Nº de Rectificativa que corresponda) de la Jurisdicción receptora de los bonos u otros títulos valores con poder cancelatorio de obligaciones fiscales, ingresando en el campo "Otros" de "Otros Débitos" el valor a depositar con dichos títulos. En el resto de los campos colocar el valor 0 (cero). Depositar el monto indicado en el Banco Oficial de dicha Jurisdicción.


Aclaración: estas Declaraciones Juradas deben presentarse en 3 (tres) ejemplares, es decir que debe adicionarle 1 (uno) a los 2 (dos) que le origina el aplicativo SD99.


  • Confeccionar la Declaración Jurada Rectificativa (con el Nº correspondiente) de la Jurisdicción receptora de los bonos u otros títulos valores con poder cancelatorio de obligaciones fiscales, con los datos reales e ingresar en la opción "Bonos/Certificados" de "Pagos No Bancarios" el monto del pago efectuado previamente en la DDJJ Original (o en la Rectificativa correspondiente). Colocar el valor 0 (cero) en "Créditos de este Anticipo".

  • Presentar en el SICOM la Declaración Jurada Rectificativa (con el Nº correspondiente) de la Jurisdicción receptora de los bonos u otros títulos valores con poder cancelatorio de obligaciones fiscales —confeccionada según los pasos del punto anterior—, junto al resto de las Declaraciones Juradas Originales (o Rectificativas, según corresponda) de las Jurisdicciones en la cual tenga actividad. Allí se le generará el formulario de pago "SICOM06" para depositar el importe correspondiente en la Sucursal 53 del Banco Ciudad de Buenos Aires.


II. Pago con Bonos u otros Títulos Valores con Compensación Bancaria:
A. Contribuyentes del Sistema General


  • Confeccionar en el aplicativo SD99 la Declaración Jurada Original (o el Nº de Rectificativa que corresponda) de cada una de las Jurisdicciones receptoras de los bonos u otros títulos valores con poder cancelatorio de obligaciones fiscales, ingresando en el campo "Otros" de "Otros Débitos" el valor a depositar con dichos títulos. En el resto de los campos colocar el valor 0 (cero). Depositar el total de los montos indicados en cada una de las Declaraciones Juradas en el Banco Oficial de su Jurisdicción Sede.

  • Confeccionar la Declaración Jurada Rectificativa (con el Nº correspondiente) de cada una de las Jurisdicciones receptoras de los bonos u otros títulos valores con poder cancelatorio de obligaciones fiscales, con los datos reales e ingresar en la opción "Bonos/Certificados" de "Pagos No Bancarios" el monto del pago efectuado previamente en la DDJJ Original (o en la Rectificativa correspondiente). Colocar el valor 0 (cero) en "Créditos de este Anticipo".

  • Presentar en el Banco Oficial de su Jurisdicción Sede la Declaración Jurada Rectificativa (con el Nº correspondiente) de cada una de las Jurisdicciones receptoras de los bonos u otros títulos valores con poder cancelatorio de obligaciones fiscales —confeccionada según los pasos del punto anterior—, junto al resto de las Declaraciones Juradas Originales (o Rectificativas, según corresponda) de las Jurisdicciones en la cual tenga actividad. Depositar los importes correspondientes.


B. Contribuyentes del Sistema "SICOM"


  • Confeccionar en el aplicativo SD99 la Declaración Jurada Original (o el Nº de Rectificativa que corresponda) de cada una de las Jurisdicciones receptoras de los bonos u otros títulos valores con poder cancelatorio de obligaciones fiscales, ingresando en el campo "Otros" de "Otros Débitos" el valor a depositar con dichos títulos. En el resto de los campos colocar el valor 0 (cero). Depositar el total de los montos indicados en cada una de las Declaraciones Juradas en el Banco Oficial de su Jurisdicción Sede.


Aclaración: estas Declaraciones Juradas deben presentarse en 3 (tres) ejemplares, es decir que debe adicionarle 1 (uno) a los 2 (dos) que le origina el aplicativo SD99.


  • Confeccionar la Declaración Jurada Rectificativa (con el Nº correspondiente) de cada una de las Jurisdicciones receptoras de los bonos u otros títulos valores con poder cancelatorio de obligaciones fiscales, con los datos reales e ingresar en la opción "Bonos/Certificados" de "Pagos No Bancarios" el monto del pago efectuado previamente en la DDJJ Original (o en la Rectificativa correspondiente). Colocar el valor 0 (cero) en "Créditos de este Anticipo".


Presentar en el SICOM la Declaración Jurada Rectificativa (con el Nº correspondiente) de cada una de las Jurisdicciones receptoras de los bonos u otros títulos valores con poder cancelatorio de obligaciones fiscales —confeccionada según los pasos del punto anterior—, junto al resto de las Declaraciones Juradas Originales (o Rectificativas, según corresponda) de las Jurisdicciones en la cual tenga actividad. Allí se generará el formulario de pago "SICOM 06" para depositar el importe correspondiente en la Sucursal 53 del Banco Ciudad de Buenos Aires.

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