COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL 18.8.77
Resolución General 4/2005
Modificación de la Resolución General Nº 1/2005.
La Rioja, 1/6/2003
VISTO:
El dictado de la Resolución General N° 1 de fecha 30 de Marzo de 2005 y publicada en el Boletín Oficial de fecha 14 de Abril de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que en su artículo 63 se ha omitido la aprobación del Anexo II - CUACM-, según da cuenta la Resolución General N° 72.
Por ello,
LA COMISION ARBITRAL (Convenio Multilateral del 18.8.77)
RESUELVE:
Artículo 1°) — Reemplazar el artículo 63 de la Resolución General N° 1/05, por el siguiente:
"Artículo 63 — Apruébase la modificación del programa SD99 (Software Domiciliario Convenio Multilateral Versión 5.5.), el Apéndice I Confección de DDJJ y requisitos para su presentación así como el Apéndice II —CUACM— Código Unico de Actividades del Convenio Multilateral.
Las jurisdicciones que dispongan la presentación de las Declaraciones Juradas mediante soporte magnético establecerán a través de la norma local pertinente, la obligatoriedad de su utilización y fecha de vigencia".
Fuente: Resolución General N° 88/03 y 72/99"
Art. 2°) — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a las Jurisdicciones adheridas y archívese. — Román G. Jáuregui. — Mario A. Salinardi.
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NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar