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COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL 18




COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL 18.8.77

Resolución General 10/2005

Establécense para el período fiscal 2006 las fechas de vencimiento de la presentación y pago de las declaraciones juradas decenales, referidas a los regímenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en Entidades Financieras.

Bs. As., 21/12/2005

VISTO: Las facultades conferidas a esta Comisión Arbitral para dictar normas de procedimiento, recaudación, control, vencimientos y atribución de fondos referidas a los regímenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras.

CONSIDERANDO:

Que es necesario establecer las fechas de vencimientos para la presentación y pago de las obligaciones a cargo de las entidades financieras.

Por ello,

LA COMISION ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.08.77)
RESUELVE:

Artículo 1° — Establecer para el período fiscal 2006 las fechas de vencimiento de la presentación y pago de las declaraciones juradas decenales, referidas a los regímenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las Entidades Financieras, detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2° — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese. — Román G. Jáuregui. — Mario A. Salinardi.

ANEXO

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