COMISION BINACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LA ALTA CUENCA DEL RIO BERMEJO Y DEL RIO GRANDE DE TARIJA
Decreto 361/2002
Acéptase la renuncia de la Delegada de la República Argentina ante la mencionada Comisión y desígnase a su reemplazante, al que se asigna la categoría de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, al solo efecto protocolar y mientras dure el desempeño de sus funciones.
Bs. As., 21/2/2002
VISTO el Acuerdo para el Aprovechamiento Múltiple de los Recursos de la Alta Cuenca del Río Bermejo y del Río Grande de Tarija: Creación de la Comisión Binacional, suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA DE BOLIVIA el día 9 de junio de 1995 y aprobado por la Ley Nº 24.639, y
CONSIDERANDO:
Que es objeto principal de la Comisión Binacional para el Desarrollo de la Alta Cuenca del Río Bermejo y el Río Grande de Tarija realizar todas las gestiones necesarias para el desarrollo de la mencionada Cuenca.
Que entre sus funciones se encuentra la de seleccionar las obras a realizar en los cursos de agua sobre la base de la correspondiente evaluación del impacto ambiental, y adjudicar la realización de estudios, programas, proyectos y obras de los recursos hídricos.
Que la señora María Cristina GUZMAN, quien fuera designada Delegada de la REPUBLICA ARGENTINA ante la Comisión Binacional antes mencionada por Decreto Nº 523 de fecha 3 de julio de 2000, ha presentado la renuncia a dicho cargo.
Que es intención del PODER EJECUTIVO NACIONAL proceder al cambio del Delegado Argentino ante la mencionada Comisión Binacional.
Que el señor Julio Argentino SAN MILLAN reúne las condiciones de idoneidad suficiente para desempeñar el cargo de que se trata.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para el dictado del presente en virtud de lo prescripto por el artículo 99, inciso 7. de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Acéptase la renuncia presentada por la señora Da. María Cristina GUZMAN (D.N.I. Nº 5.620.607) como Delegada de la REPUBLICA ARGENTINA ante la Comisión Binacional para el Desarrollo de la Alta Cuenca del Río Bermejo y del Río Grande de Tarija.
Art. 2º — Desígnase Delegado de la REPUBLICA ARGENTINA ante la Comisión Binacional para el Desarrollo de la Alta Cuenca del Río Bermejo y del Río Grande de Tarija al señor D. Julio Argentino SAN MILLAN (D.N.I. Nº 11.343.879).
Art. 3º — Asígnase la categoría de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, al solo efecto del rango protocolar, conforme lo establece el artículo 6º de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, al señor D. Julio Argentino SAN MILLAN, mientras dure el desempeño de sus funciones como Delegado de la REPUBLICA ARGENTINA ante la Comisión Binacional para el Desarrollo de la Alta Cuenca del Río Bermejo y del Río Grande de Tarija.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Carlos F. Ruckauf.