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COMISION FEDERAL




[b] COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS LEY 23.548

Resolución 106/2005

Modifícase el artículo 1º del Reglamento Interno de la Comisión Federal de Impuestos.

Bs. As., 15/12/2005

VISTO:

La Resolución de Comité Ejecutivo Nº 334 de fecha 15 de diciembre de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que, en los considerandos de la citada resolución se señala que el artículo 1º del Reglamento Interno dispone que las distintas jurisdicciones deben designar Representantes titulares y suplentes ante la Comisión Federal de Impuestos, cuya vigencia tendrá efecto a partir de la fecha de presentación del instrumento dictado por autoridad competente.

Que, asimismo, en dicha cláusula se autoriza a que las jurisdicciones designen, cuando lo estimen necesario, un representante ad hoc, en sustitución del titular y suplente con sus mismas atribuciones. Sin embargo, tales atribuciones están acotadas a intervenir en el análisis de asuntos determinados, los que deben ser individualizados en el mismo instrumento de su designación.

Que tal como está redactado el párrafo, el acto de designación debería: a) individualizar al autorizado (representante ad hoc) y b) individualizar los asuntos para los cuales se lo autoriza a intervenir.

Que la experiencia ha demostrado la conveniencia y necesidad de las jurisdicciones de designar un representante alterno al titular y suplente, con amplias facultades para reemplazarlos cuando razones funcionales no les permitan asistir a las reuniones.

Que, por tanto, y a fin de prevenir eventuales planteos de nulidad respecto de la intervención y/o votación de un representante ad hoc por haberse excedido en sus atribuciones, la Asesoría Jurídica propuso modificar la última cláusula del artículo 1º del Reglamento Interno con las siguientes características: designación de un "representante alterno", con las mismas atribuciones de los representantes titular y suplente. No tendrá, sin embargo, derecho a reclamar ni a percibir compensación alguna en concepto de gastos de representación, ni otro emolumento cualquiera sea su especie.

Que el Comité Ejecutivo aprobó la propuesta, poniéndola a consideración de este Plenario.

Que por Secretaría Administrativa se ha verificado el cumplimiento del quórum para sesionar a los fines de la modificación del Reglamento Interno: asistencia de por lo menos dos tercios de los estados representados.

Que en razón de lo dicho precedentemente y de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 23.548,

EL PLENARIO DE REPRESENTANTES DE LA COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS
RESUELVE:

[b] Artículo 1º — Modifícase el último párrafo del artículo 1º del Reglamento Interno de la Comisión Federal de Impuestos, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Las jurisdicciones podrán, cuando lo estimen necesario, designar un representante alterno para intervenir —en sustitución del titular y suplente y con sus mismas atribuciones— en el análisis de todos los asuntos que figuren en el Orden del Día. No tendrá derecho a percibir retribución ni compensación alguna en concepto de gastos de representación."

[b] Art. 2º — La modificación dispuesta en el artículo anterior comenzará a regir el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

[b] Art. 3º — Convalídanse todos los actos efectuados por los Representantes Ad-hoc designados por las distintas jurisdicciones, hasta el mismo día en que tenga efecto la modificación aludida en el artículo 2º.

[b] Art. 4º — Ratifícanse en su totalidad los términos de la Resolución de Comité Ejecutivo Nº 334 del 15 de diciembre de 2005.

[b] Art. 5º — Notifíquese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial y archívese. — Miguel A. Rioja. — Débora M. V. Bataglini.

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