COMISION NACIONAL DE LA MANZANA DE LAS LUCES
Decreto 411/2005
Modifícase el Decreto Nº 4657/71, a fin de reemplazar al entonces Ministro de Cultura y Educación por el Secretario de Cultura.
Bs. As., 2/5/2005
VISTO el Expediente N° 1750/04 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 4657 de fecha 13 de octubre de 1971 se creó la COMISION NACIONAL DE LA MANZANA DE LAS LUCES, integrada por el entonces Ministro de Cultura y Educación, el ex – Intendente Municipal de la Ciudad de Buenos Aires, el Rector de la Universidad de Buenos Aires y el Escribano General del Gobierno de la Nación.
Que el artículo 2° del Decreto N° 1185 de fecha 12 de febrero de 1973, establece que los funcionarios citados en el párrafo precedente designarán un representante en la COMISION NACIONAL DE LA MANZANA DE LAS LUCES.
Que por Decreto N° 545 de fecha 20 de mayo de 1996, se transfiere la SECRETARIA DE CULTURA entonces dependiente del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION, al ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que el artículo 4° del Decreto N° 545/96 establece que los organismos centralizados y descentralizados detallados en el Anexo Ig del Decreto N° 2568 de fecha 14 de diciembre de 1993, incorporado por el anexo del artículo 10 del Decreto N° 358 de fecha 1° de abril de 1996, actuarán en la órbita de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la COMISION NACIONAL DE LA MANZANA DE LAS LUCES es uno de los organismos detallados en el Anexo Ig del Decreto N° 2568/93, incorporado por el anexo del artículo 10 del Decreto N° 358/96, y que desde entonces actúa en la órbita de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que conforme a los antecedentes expuestos, corresponde incorporar en la integración de la COMISION NACIONAL DE LA MANZANA DE LAS LUCES al Secretario de Cultura de la Presidencia de la Nación en reemplazo del aludido Ministro de Cultura y Educación.
Que han tomado intervención la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1° de la Constitución Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Modifícase el artículo 3° del Decreto N° 4657 de fecha 13 de octubre de 1971, reemplazando al entonces Ministro de Cultura y Educación por el Secretario de Cultura de la Presidencia de la Nación.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Daniel F. Filmus.