[b] Comisión Nacional de Trabajo Agrario
SALARIOS
Resolución 1/2007
Sustitúyense remuneraciones consignadas en el apartado "Manipuleo de Fertilizantes y Agroquímicos" de la Resolución Nº 20/2006, para el personal comprendido en los movimientos de la actividad manipulación y almacenamiento de granos, en el ámbito de la Comisión Asesora Regional Nº 5 para la provincia de Córdoba.
Bs. As., 11/1/2007
VISTO el expediente Nº 1.199.443/06 del registro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y,
CONSIDERANDO:
Que en el citado expediente obra copia del Acta de fecha 16 de noviembre de 2006 elevada por la Comisión Asesora Regional Nº 5.
Que en dicha Acta los representantes del sector empleador solicitan una corrección del error material en los valores consignados en los puntos 3 al 7 del apartado "Manipuleo de Fertilizantes y Agroquímicos" de la Resolución de la C.N.T.A. Nº 20 de fecha 28 de abril de 2006.
Que la representación de la entidad sindical UATRE solicita la eliminación del movimiento 15 del apartado "Movimiento a Granel" de la misma Resolución.
Que luego de un amplio debate y analizados los antecedentes respectivos los representantes sectoriales de ambas partes y los funcionarios presentes resuelven proceder a determinar los valores correctos para los puntos 3 al 7 del apartado "Manipuleo de Fertilizantes y Agroquímicos" de la Resolución de la C.N.T.A. Nº 20 de fecha 28 de abril de 2006 y corregir, de esta manera el referido error material.
Que por otro lado se trata específicamente la eliminación del movimiento 15 del apartado "Movimiento a Granel" de la misma Resolución, luego de otro debate, se procede a la votación obteniéndose, con la abstención del representante de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA PESCA Y ALIMENTOS y el voto negativo de los representantes empresarios de CONINAGRO Y CONFEDERACIONES RURALES ARGENTINAS, la aprobación de tal eliminación que fuera propuesta por UATRE por haber quedado desactualizado e inaplicable.
Que en consecuencia, corresponde hacer uso de las facultades conferidas por el artículo 86 del Régimen Nacional de Trabajo Agrario, anexo a la Ley 22.248.
Por ello,
LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
[b] Artículo 1º — Sustitúyanse las remuneraciones consignadas en los puntos 3 al 7 del apartado Manipuleo de Fertilizantes y Agroquímicos" de la Resolución de la C.N.T.A. Nº 20 de fecha 28 de abril de 2006 para el personal comprendido en los movimientos de la actividad manipulación y Almacenamiento de Granos en el ámbito de la COMISION ASESORA REGIONAL Nº (C.A.R.) Nº 5, Provincia de CORDOBA, conforme se detalla a continuación:
MANIPULEO DE FERTIZANTES Y AGROQUIMICOS
CON SAC POR BOLSA
3) Estibador o pilero $ 0.0835
4) Parada de bolsas de vagón, camión o carro $ 0.0835
5) Acomodada de bolsas de "pistín" en vagón camión o carro $ 0.0835
6) Sacada de bolses de pilote o estiba hasta 7 bolsas de alto $ 0.0835
7) Pulseada de Bolsas $ 0.0835
[b] Art. 2º — Elimínase el movimiento 15 "Alimentar el sinfín en galpón o celda del apartado "Movimiento a Granel" de la Resolución de la C.N.T.A. Nº 20 de fecha 28 de abril de 2006 para el personal comprendido en los movimientos de la actividad Manipulación y Almacenamiento de Granos en el ámbito de la COMISION ASESORA REGIONAL Nº (C.A.R.) Nº 5, Provincia de CORDOBA.
[b] Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Guillermo E. J. Alonso Navone. — José M. Iñíguez. — José A. Portillo. — Daniel E. Asseff. — Ricardo Grimau. — Jorge Herrera. — Oscar H. Gil.