[b] Comisión Nacional de Trabajo Agrario
SALARIOS
Resolución 36/2007
Fíjanse las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de tala, preparación, manipuleo y transporte de especies forestales, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional Nº 3, provincias de Entre Ríos y Corrientes.
Bs. As., 26/6/2007
VISTO, el expediente Nº 1.223.835/07 del Registro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y
CONSIDERANDO:
Que en el citado expediente obra copia certificada del Acta Nº 245 de fecha 17 de mayo 2007, mediante la cual la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 3, eleva a la Comisión Nacional de Trabajo Agrario un acuerdo de remuneraciones mínimas para el personal ocupado en tareas de TALA, PREPARACION, MANIPULEO Y TRANSPORTE DE ESPECIES FORESTALES en las Provincias de ENTRE RIOS y CORRIENTES.
Que considerada dicha propuesta y analizados los antecedentes respectivos, habiendo coincidido los representantes sectoriales, se procede a su aprobación.
Que en consecuencia corresponde hacer uso de las facultades conferidas por el artículo 86 del Régimen Nacional de Trabajo Agrario anexo a la Ley 22.248.
Por ello,
LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
[b] Artículo 1º — Fíjanse las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de TALA, PREPARACION, MANIPULEO Y TRANSPORTE DE ESPECIES FORESTALES con vigencia a partir del 1º de junio de 2007, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 3 para las Provincias de ENTRE RIOS y CORRIENTES, que a continuación se detallan:
|
POR MES |
POR DIA |
|
$ |
$ |
Peones Generales |
978,27 |
41,80 |
Cargadores |
988,94 |
44,00 |
Conductores de camiones, tractores y Máquinas varias en monte |
1073,09 |
46,37 |
Motosierrista |
1083,54 |
45,10 |
Mecánicos |
1129,58 |
48,73 |
Hacheros, volteadores y troceadores |
978,49 |
42,90 |
Peladores, enganchadores y estibadores. |
1066,87 |
43,45 |
Capataces |
1142,89 |
— |
Encargados |
1172,59 |
— |
[b] Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Guillermo E. J. Alonso Navone. — Alfredo Megna. — Mario Burgueño Hoesse. — Abel F. Guerrieri. — Guillermo Giannasi. — Miguel A. Giraudo. — Ricardo Grimau. — Jorge Herrera. — Oscar H. Gil.