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Comisión Nacional de Trabajo Agrario




[b] Comisión Nacional de Trabajo Agrario
SALARIOS
Resolución 87/2006
Apruébase la tabla salarial que establece las remuneraciones mínimas para el personal que desempeña tareas en ferias y remates en el ámbito de la Comisión Asesora Regional Nº 5, en jurisdicción de la provincia de Córdoba.
Bs. As., 14/12/2006
VISTO, el expediente Nº 1.199.443/06 del registro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y,
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 5, Provincia de Córdoba, elevó a la COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO, a través del Acta de fecha 16 de noviembre de 2006 un incremento salarial sobre las remuneraciones mínimas para el personal que desempeña tareas en Ferias y Remates en el ámbito de la citada Comisión Asesora Regional.
Que luego de ser considerada y debatida la propuesta mencionada y habiendo coincidido los representantes sectoriales en cuanto a su procedencia, debe procederse a su aprobación.
Que en consecuencia, corresponde hacer uso de las facultades conferidas por el artículo 86 del Régimen Nacional de Trabajo Agrario, anexo a la Ley 22.248.
Por ello,
COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
[b] Artículo 1º — Apruébase la tabla salarial que establece las remuneraciones mínimas para el personal que desempeña tareas en Ferias y Remates en el ámbito de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 5, con jurisdicción en la Provincia de Córdoba, conforme obra en el Anexo, que forman parte integrante de la presente Resolución.
[b] Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — José M. Iñíguez. — Alfredo Megna. — José A. Portillo. — Abel F. Guerrieri. — Daniel E. Asseff. — Ricardo Grimau. — Jorge Herrera. — Oscar H. Gil.
ANEXO
ARREOS A LARGA DISTANCIA: A partir de las 10 leguas, por día, con comida y por persona.











Capataz con caballo

$ 107.71

Peón con caballo

$ 84.64

Cartero sin elementos de trabajo

$ 97.28


Cartero con carro y sin comida Convencional
Viaje a corta y larga distancia de ida a recibir tropa y regresar una vez entregada la misma recibirá un adicional por cada 5 Km. (1 legua) por persona y sin comida $ 0,48.
En caso de muerte de animales en arreos de corta y larga distancia como así también en Remates y Ferias, se deba cuerear a los mismos, se abonará un adicional por animal de $ 42.
ARREO A CORTA DISTANCIA: Hasta 10 leguas, con comida, por persona que tenga elemento de trabajo, por leguas.








Capataz

$ 16.18

Resero

$ 8,45


Cartero con carro y caballo de su propiedad Convencional
VIATICO: cuando no se proporcione comida, deberá pagarse por día y por obrero $ 16.57. Está suma la abonara por día y/o mediodía, con comida.
LOCALES DE REMATES - FERIAS ESPECIALES, a campos por persona que tenga elemento de trabajo por día y/o mediodía, con comida.

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