COMISION NACIONAL PARA LA PROMOCION Y DESARROLLO DE LA REGION PATAGONICA
Decreto 420/99
Establécese que tendrá su sede en la Ciudad de Comodoro Rivadavia, Provincia del Chubut.
Bs. As., 27/4/99
VISTO y CONSIDERANDO:
Que en mérito a la relevancia de los objetivos encomendados a la COMISION NACIONAL PARA LA PROMOCION Y DESARROLLO DE LA REGION PATAGONICA, y a fin de insertarla en el seno de la realidad política, social y económica de su zona de influencia, resulta aconsejable fijar su sede principal dentro de la mencionada región.
Que la Ciudad de Comodoro Rivadavia, PROVINCIA DEL CHUBUT, por su ubicación geográfica y estratégica, resulta la más apropiada para el funcionamiento de la citada Comisión.
Que la fijación de la citada sede favorecerá la realización de proyectos y programas de desarrollo de la región patagónica y de las provincias que la componen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Establécese que la COMISION NACIONAL PARA LA PROMOCION Y DESARROLLO DE LA REGION PATAGONICA dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, tendrá su sede de funcionamiento en la Ciudad de Comodoro Rivadavia, PROVINCIA DEL CHUBUT.
Art. 2º — El MINISTERIO DEL INTERIOR instrumentará las medidas necesarias a fin implementar lo dispuesto por el presente acto.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Carlos V. Corach.