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Computo de intereses moratorios en locacion de inmueble


Hola gente, tengo una consulta.

Como contamos los intereses por cumplimiento tardio en la entrega del precio del alquiler???.

El termino del plazo es el dia 10, a partir del 11 esta constituido en mora.

El computo de los intereses arranca desde el dia 11 o tiene efecto retroactivo y se computa desde el dia 1 del mes???.

Otra cosa, desde que esta en mora el interes corre por cada dia que pasa???.

Es decir el interes es del 1,5% del precio acordado, se aplica ese importe por cada dia de retraso en el cumplimiento del pago???.

graciassss!!!!!!

tone Sin Definir Universidad

Respuestas
UNLP
francomalizia Usuario VIP Creado: 12/06/10
Si se establecio que no es innecesario interpelar (mora automatica), comienzan a devengarse a partir del dia posterior al vencimiento.
En cuanto a la tasa, se debe ver lo acordado en el contrato (respecto a su computo temporal)
Me parece exesivo que se haya pactado 1,5 % por dia. Normalmente se pactan mensualmente puesto que la locacion se suele pagar tambien mensualmente.
Si no se estipula la tasa del moratorio en el contrato se entiende a tasa activa de cuenta corriente bancaria (oficial)

"SIGAN IDEAS, NO SIGAN A HOMBRES"

Sin Definir Universidad
tone Ingresante Creado: 12/06/10
Si el plazo esta expresamente establecido no se requiere interpelar para constituir en mora, es automatica desde el vencimiento del mismo.

Con respecto a la tasa tenes razon, es mucho el 1,5 por dia (no se como se cuenta), y justamente es segun la tasa activa del Banco de la Nacion Argentina, que es el 1,5% la mensual (T.E.M) y 18,8% la anual (*30 dias) (T.N.A) *no se a que se refiere .

Preguntaba si se sumaban o no por dia de atraso porque en el caso de que el interes a aplicar sea del 1,5%, y no se sumen lo unico que hay que pagar en concepto de intereses es esa cifra que es infima, pudiendo hacerlo hoy o dentro de 2 semanas y la cantidad quedaria inherte, en cambio si se computan x dia de atraso no es lo mismo (pero es mucho).

Igual no se cual es el interes a aplicar con respecto a la tasa del Banco, si la del 1,5% o la del 18,8%.

UNLP
francomalizia Usuario VIP Creado: 12/06/10
No entiendo del todo tu pregunta, pero si te referis a si el interes es capitalizable (anatocismo), la respuesta en no.
La capitalizacion de intereses solo procede por pacto expreso.
Creeria que la aplicable es la 1,5 % mensual.

"SIGAN IDEAS, NO SIGAN A HOMBRES"

Sin Definir Universidad
tone Ingresante Creado: 12/06/10
Gracias Francomalizia por la prontitud de la respuesta.

Haber, entonces si es el 1,5% final lo que se debe cobrar en concepto de mora, seria lo mismo que se pague el dia 11 o el 29 del mes, porque la cifra no varia.

Por ejemplo si el alquiler es de $1000 el importe en concepto de mora que se tendria que abonar seria de $15 (1,5%)???
Me parece irrisorio si da lo mismo que se pague el 11 o el 29.

UNLP
francomalizia Usuario VIP Creado: 12/06/10
No, me referia a otra cosa cuando dije que no es por dia sino por mes.
Nos entendimos mal.
Lo que quise decir es que la tasa es 1,5% mensual, y no 1,5% diaria.
Si la mora se establece el 11, y se paga el 21, no va a deber el $ 15 en este caso, sino que debera $5 (lo correspondiente a 10 dias, sobre una tasa del 1,5% mensual)
Me explico?

"SIGAN IDEAS, NO SIGAN A HOMBRES"

Sin Definir Universidad
tone Ingresante Creado: 12/06/10
si se entiende perfecto, pero es peor todavia (para el locador).

Si es el 1,5% y el locatario paga en la segunda decena del mes como tiene un atraso de 10 dias entonces debe pagar un tercio (1/3) del interes mensual???

Lo que equivale a $5 en este caso???

Sin Definir Universidad
tone Ingresante Creado: 12/06/10
Me parece que tenes razon Francomalizia, no varia y es el 1,5% se pague hoy o a fin de mes.

Pero bueno, me quedaba esa duda al respecto.

Gracias por el aporte.

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