BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION "B" 6262 - 19/12/97- Base de datos de
cheques rechazados. Automatización de bajas de cheques
y vinculación/desvinculación de personas a cheques.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. con el objeto de informarles la puesta en
marcha, a partir del día hábil siguiente al de emisión
de la presente, de las facilidades indicadas en la referencia,
así como las instrucciones operativas que permitirán
su utilización, las que se consignan en anexo.
Los registros de movimientos correspondientes a las funciones
que se implementan, deberán incorporarse, sin solución
de continuidad y sin necesidad de respetar un orden preestablecido,
al mismo soporte y en el mismo archivo que actualmente se utiliza
para informar a este BCRA los rechazos de cheques (altas) y las
fechas de pago del cheque, pago de la multa modificación
y cierre de la cuenta (modificaciones). Tanto el procedimiento
de recepción de los soportes magnéticos como su
cronograma de entrega. permanecen sin modificaciones.
Es de hacer notar que los soportes que incluyan uno o más
registros con alguno de los códigos de movimientos implementados
en esta oportunidad deberán cumplir con los requisitos
establecidos en el párrafo 3°, punto 1.4.5. del Anexo
a la Comunicación - "A" 2514 que establece: "Las
comunicaciones deberán ser suscriptas por personal de nivel
no inferior a Subgerente General o, de no existir dicha Jerarquía,
por el funcionario de mayor categoría".
Por tal motivo, el certificado emitido por el Sistema CHR deberá
ser suscrito en estos casos conforme a la citada norma, debiendo
certificarse la firma del funcionario antes de presentar el disquete
en el sector de Mesa de Entradas, en la Gerencia de Cuentas Corrientes
y Compensación de Valores de este Banco. Los funcionarios
cuya firma no se encuentra registrada, deberán efectuar
dicho tramite previamente ante la gerencia mencionada.
Los movimientos recibidos se procesaran diariamente, en el orden
y con los efectos que se indican a continuación.
1) Bajas de cheques: permite eliminar un cheque de la base.
2) Vinculación de personas o cheques: permite agregar personas
físicas o jurídicas, identificadas por su CUIT,
CUIL o CDI, a la lista de responsables asociados a un determinado
cheque.
3) Desvinculación de personas a cheques: inversamente a
la función anterior, permite quitar personas físicas
o jurídicas de la lista de responsables asociados a un
determinado cheque. con la restricción de que debe quedar
al menos una persona física relacionada con cada cheque.
4) Los movimientos existentes a la fecha, es decir, Altas y Modificaciones.
Oportunamente, con la mayor frecuencia que sus condiciones operativas
lo permitan, este Banco procederá a efectuar los ceses
de inhabilitación o rehabilitaciones que correspondan,
de acuerdo con la situación remanente de cada persona física
o jurídicas afectada, dentro de los treinta días
de configurada la situación que de lugar a dichas medidas.
ANEXO
GUIA OPERATIVA
Nombre del archivo: -CHR. TXI
Esquema del registro de datos para los nuevos tipos de movimientos:
N° CAMPO | Descripción | Posición
Des | Posición
Has | Long | Tipo | Observaciones |
1 | Código de identidad | 1 | 5 | 5 | N | |
2 | N° de Sucursal | 6 | 8 | 6 | N | |
3 | N° de cta. cte. | 9 | 19 | 11 | N | |
4 | N° de cheque | 20 | 27 | 8 | N | |
5 | Aviso | | | | | |
5.1. | Año | 28 | 29 | 2 | N | Ceros |
5.2. | Número | 30 | 35 | 6 | N | Ceros |
6 | Cod. de movimiento | 36 | 36 | 1 | A | |
7 | Sin Uso | 37 | 37 | 1 | A/N | Ceros o blancos |
8 | Legajo | | | | | |
8.1. | Número | 38 | 41 | 4 | N | |
8.2. | Año | 42 | 45 | 4 | N | |
9 | Sin uso | 46 | 46 | 1 | A/N | Ceros o Blancos |
10 | Cod. de motivo | 47 | 48 | 2 | N | |
11/18 | Sin Uso | 49 | 114 | 66 | A/N | Ceros o Blancos |
19 | CUIT, CUIL o CDI | 115 | 125 | 11 | N | |
20 | | 126 | 136 | 11 | N | |
21 | | 137 | 147 | 11 | N | |
22 | | 148 | 158 | 11 | N | |
23 | | 159 | 169 | 11 | N | |
24 | | 170 | 180 | 11 | N | |
25 | | 181 | 191 | 11 | N | |
26 | | 192 | 202 | 11 | N | |
27 | | 203 | 213 | 11 | N | |
28 | | 214 | 224 | 11 | N | |
Este esquema de registro se ha mantenido deliberadamente similar
al utilizado hasta la fecha para altas y modificaciones, con las
variaciones necesarias para dar curso a las nuevas operatorias,
conforme se consigna en el siguiente detalle:
Campos 1 a 4; Son obligatorios y constituyen la clave mediante
la cual será localizado el cheque sobre el cual se aplicará
el movimiento indicado, siendo un requisito obvio que el mismo
exista en la base de datos de cheques rechazados.
Campo 6, Cód. de movimiento: Obligatorio, según
el siguiente detalle:
B | Baja del cheque |
V | Vinculación de personas al cheque |
D | Desvinculación de personas del cheque |
Campo 8, Legajo: Conforme a las exigencias de la Com. "A"
2473, las entidades financieras deben confeccionar un legajo por
cada solicitud que realicen, conteniendo los elementos que avalen
el pedido de rectificación.
Este campo es de integración obligatoria y de una longitud
total de 8 dígitos, conforme al detalle indicado mas abajo.
8.1. Número de legajo: Número de generado correlativamente
por cada situación a rectificar, tratada en una resolución
específica del nivel establecido por la normativa vigente.
Dicho número puede implicar a mas de un cheque, siempre
y cuando pertenezca a la misma cuenta. Si un mismo incidente a
rectificar involucrara a más de una cuenta, corresponderá
generar tantos legados como cuentas estuvieran afectadas en el
mismo.
8.2. Anio del legado: La numeración indicada en el punto
anterior se reiniciará cada ando calendario, debiendo indicarse
en este campo aquel que corresponda en cada caso. Como requisito
formal, el mismo no podrá ser inferior a 1997 ni superior
al año en que se remite la información al BCRA :
Campo 10, Código de motivo: Obligatorio. Debe integrarse
con alguno de los códigos que figura en la lista siguiente,
conforme a la causa que motiva la rectificatoria y de acuerdo
al código de
movimiento que figure en el campo 6 (Código de movimiento):
es decir, según se trate de una baja, una vinculación
o una desvinculación.
CODIGO DE MOVIMIENTO | CODIGO DE MOTIVO | DESCRIPCION DEL MOTIVO |
V | 01 | Cuit, Cuil o Cdi omitidos |
D | 11 | Cuit, Cuil o Cdi perteneciente a personas físicas relaciones con un persona jurídica, que no suscribió el cheque ni es representante legal de la misma. |
D | 12 | Cuit, Cuil o Cdi pertenecientes a personas físicas relacionadas con una persona jurídica, que no suscribió el cheque ni es representante legal de la misma |
D | 13 | Cuit, Cuil o Cdi pertenecientes a personas vinculadas erróneamente |
B | 21 | Tenía autorización previa y escrita para girar en descubierto. |
B | 22 | Existía orden de no pagar con denuncia policial y posterior denuncia judicial. |
B | 23 | Existían fondos en la cuenta para el pago del cheque |
B | 24 | No se tuvo en cuenta un depósito efectuado o una transferencia de fondos efectuada por el titular, que debieron estar acreditados por lo menos el día hábil anterior a la fecha de rechazo |
B | 25 | Cheque librado entre cuentas pertenecientes a un mismo titular efectuando una transferencia de fondos |
B | 26 | Existía una orden judicial ordenando no computar el cheque |
B | 27 | Haberse dispuesto medidas cautelares sobre los fondos (punto 1.4.3.4. de la Comunicación -A- 2514 del 14/02/97. |
B | 28 | Cheque adulterado con denuncia judicial |
B | 29 | La entidad financiera no cumplió con el aviso fehaciente sobre el cierre o la suspensión de la cuenta |
B | 30 | Cheque rechazado por vicios formales no imputables al librador |
B | 31 | Cheque vencido - artículos 25 y 29 de la ley 24452- |
Campos 19 a 28, Cuit, Cuil, Cdi:
a) Caso de bajas (código de movimiento B):
No corresponde integrar estos campos, debiendo rellenarse obligatoriamente
con ceros.
B) Caso de Vinculación (código de movimiento V):
Se integrarán los Cuit. Cuil, Cdi u otros documentos (sólo
en el caso de cuentas cerradas con anterioridad al 1 /7/95) que
se deseen vincular al cheque cuya clave se indica en los campos
1 a 4.
Los campos 19 a 28 pueden integrarse en forma no contigua, debiendo
rellenarse con ceros los que no se utilicen.
Los que estén integrados serán sometidos a una validación
formal, conforme a las normas de la DGI, antes de su asociación
efectiva al cheque en la base de datos, permitiéndose otros
documentos solo en el caso en el que el cheque tenga informada
una fecha de cierre de cuenta anterior a la mencionada en el primer
párrafo de este acápite.
Para un mismo cheque. pueden remitirse tantos registros de vinculación
como se desee.
c) Caso de desvinculación (código de movimiento
D):
Se integraran los Cuit. Cuil, Cdi u otros documentos que se deseen
desvincular del cheque cuya clave se indica en los campos I a
4.
También en este caso pueden integrarse en forma no contigua,
debiendo rellenarse con ceros los que no se utilicen. Son requisitos
para efectivizar las desvinculaciones. que el número que
se haya informado se encontrara vinculado al cheque con anterioridad
y que no corresponda a la última persona física
que quede vinculada a dicho cheque.
ERRORES DE VALIDACION
Su notificación se seguirá efectivizando a través
de una nota STAF, encabezada con el código de entidad,
en la que figurarán todos los registros erróneos
que se detecten y cuya línea de detalle tendrá el
siguiente formato:
POSICIONES | CAMPO |
02 - 04 |
Sucursal |
05- 15 |
N°de Cuenta |
16 - 23 |
N° de Cheque |
24 - 25 |
Año de Aviso |
25 - 31 |
N° del Aviso |
32 - 32 |
Cod. de Movimiento |
33-34 |
---- Espacios en blanco |
35-36 | Código de error |
37-41 |
- - Espacios en blanco |
42- 52 |
Información asociada a los códigos de error 41 a 44 (Cuit, Cuil, Cdi. Documento, legajo o código de motivo, según corresponda). |
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Cuit, Cuil. Cdi o Documento a desvincular. no esta asociado
al cheque.
El Cuit, Cull. Cdi o Documento a vincular, ya esta asociado al
cheque.
N° o año del Legajo inválidos.
Código de motivo inválido.
e. 15/l N° 213.732v. 15/1/98