BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION "A" 2628 (27/11/97). Ref: Circular CAMCO
1-101. Sistema Nacional de Pagos.
B.O: 11/12/97
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para llevar a su conocimiento que habiendo
el Directorio de este Banco Central de la República Argentina
autorizada oportunamente a la cámara electrónica
de compensación ACH S.A., en el día de la fecha
por Resolución del Superintendente de Entidades Financieras
y Cambiarias Nro. 580 la misma ha sido homologada técnicamente,
por lo que se encuentran cumplidas las condiciones normativas
para que comience su funcionamiento efectivo.
Asimismo habiendo el directorio de este Banco Central de la República
Argentina autorizado oportunamente a la cámara electrónica
de compensación Compensadora Electrónica S.A. -
COEL S.A., en el día de la fecha por Resolución
del Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias Nro.
579 la misma ha sido homologada técnicamente, por lo que
se encuentran cumplidas las condiciones normativas para que comience
su funcionamiento efectivo.
De acuerdo con lo indicado por Comunicación "A"
2557, se trata de cámaras para la compensación electrónica
de medios de pagos y son cámaras de compensación
de valores de terceros.
En anexo a la presente se detallan aspectos operativos vinculados
al comienzo de la operación efectiva de las cámaras
electrónicas de compensación de medios de pago.
B.C.RA. | Sistema Nacional de Pagos
Compensación electrónica privada | Anexo a la
Com. "A" 2628 |
A partir de la rueda de "presentados" del 28.11.97 cesará
su actividad la Cámara Compensadora de la Capital Federal
administrada por este Banco Central de la República Argentina,
para la prestación del servicio de compensación
de cheques y otros instrumentos compensables, quedando a cargo
de dichos servicios las cámaras privadas mencionadas.
La sesión de "rechazados" correspondiente al
27.11.97 será realizada por el B.C.R.A. a las 17:30 hs.
del 28.11.97. Continuará a cargo del B.C.R.A. la administración
de los procesos correspondientes a las registraciones de las cámaras
del interior e interconectadas, hasta que se implemente el Sistema
Nacional de Pagos en todo el país.
Las instituciones financieras que compensan en la Cámara
de la Capital Federal deberán entregar los valores a compensar
("presentados") el 28.11.97 a la Cámara de la
que participan.
Las cámaras informarán a las instituciones financieras
respecto de horarios y formas de presentación.
1. Proceso en paralelo
A partir de los "presentados" del 28.11.97. el Banco
Central continuará recibiendo la información de
los valores compensados-en soporte magnético-como hasta
la fecha. Dicha información será procesada en paralelo
por el término de dos semanas, sin registrar los valores
y al sólo efecto de actuar de "backup" transitorio.
2. Fondo de Garantía Mutualizada
Con fecha 28.11.97 este Banco Central debitará a cada institución
que este adherida a ACH S.A. o a COELSA. la suma de $ 15.000 a
efectos de constituir el fondo de garantía mutualizada
previsto en la Comunicación "A" 2610.
3. Horarios del MEP (Medio Electrónico de Pagos).
Los honorarios del MEP hasta el día 31 de marzo de 1998
inclusive serán los siguientes:
Apertura: 09:00 hs.
Cierre 20.30 hs.
Las Cámaras Electrónicas de Compensación
utilizarán como modalidad habitual-debido a la alta concentración
de movimientos sobre el final de las operaciones-, la transmisión
por lotes mediante la utilización del software especifico
implementado. En tal sentido y a efectos de monitorear su cuenta
contarán con un horario extendido del MEP 9:00 a 21.30
hs.
e. 11/12 Nº 210.315 v. 11/12/97