BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION "A" 2695. 04/05/98. Ref.: Circular LISOL
1-186 Integración de requisitos mínimos de liquidez
con certificados de depósitos a plazo.
B.O: 15/5/98
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que, con el objeto de permitir
la integración de requisitos mínimos de liquidez
según lo establecido en el punto 3.1.12. de la Sección
3. de las normas de aplicación (T. O.), a partir del 06.05.98,
el Banco Central ofrecerá a las entidades, a través
de su Mesa de Operaciones de Cambio y de Mercado Abierto, Certificados
de Depósito (CD"s) de su cartera. Dicho ofrecimiento será
efectuado por intermedio del Sistema de Operaciones Electrónicas
(SIOPEL) del Mercado Abierto Electrónico S.A.
Las operaciones se liquidarán "Entrega contra Pago"
en el Deutsche Bank, N. Y., contra las cuentas que las entidades
mantienen en dicha Institución, con ajuste a las condiciones
que para cada instrumento se hagan explícitas en cada oferta.
Las entidades podrán solicitar al Banco Central, por intermedio
del Area de Supervisión de Entidades Financieras, que le
recompre a precio de mercado los CD"s adquiridos por esta operatoria,
siempre que se verifique su encuadramiento en lo dispuesto por
el último párrafo del punto 3.1.12. citado precedentemente.
e. 15/5 N° 227.505 v. 15/5/98