BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION "A" 2700 (12/05/98). Ref.: Circular
CAMCO 1-105. Sistema Nacional de Pagos - Compensación electrónica
de instrumentos - Truncamiento de cheques.
B.O.: 27/5/98
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Comunicamos a Uds. que se ha dispuesto implementar la operatoria
de truncamiento de cheques a partir del 31 de julio del corriente
año. En tal sentido, las entidades depositarias de cheques
deberán retenerlos cuando su importe sea menor o igual
a $ 700 (setecientos pesos) y enviar en forma electrónica
a las entidades giradas, y a través de la cámara
compensadora correspondiente, los datos identificatorios de dichos
documentos para que estas confirmen o rechacen su pago (Comunicación
"A" 2559).
Con anterioridad a dicha fecha y a efectos de cubrir las obligaciones
legales y reglamentarias inherentes a la puesta en funcionamiento
de esta modalidad, las entidades financieras deberán suscribir
convenios que regulen los deberes a asumir.
| e. 27/5 N°228.680 v.27/5/98 |