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COMUNICACION "A" 2714 (4/6/98)




BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA



COMUNICACION "A" 2714 (4/6/98) Ref.: Circular CAMCO
1-106. RUNOR 1-283. Medio Electrónico de Pagos. Cambio
de códigos.



B.O: 18/06/98



A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:


Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que a partir del 9 de junio
próximo se implementará el cambio que a continuación
se indica respecto de la codificación de las cuentas destinadas
a cursar transferencias de fondos a través del sistema
MEP y su contingencia.


Cuenta Nro. 900 "BCRA - Gcia. Mercado Abierto", reemplaza
a Cuenta Nro. 30 "BCRA - Gerencia Mercado Abierto".



Cuenta Nro. 600 "BCRA - Gcia. de Tesoro", reemplaza
a Cuenta Nro. 200 "BCRA - Gerencia de Tesoro".


Asimismo, y exclusivamente para las operaciones que corresponda
a cargo de las Cámaras de Compensación Electrónica,
se incorpora como concepto "Banco Central de la República
Argentina" la Cuenta Nro. 30.


Toda transferencia que se curse con crédito a las cuentas
del Banco Central a través de la aplicación de contingencia,
deberá obligatoriamente contar con la integración
del campo "instrucción de pago" correspondiente
y la identificación de la operatoria destino en este Banco
en el campo "código de concepto".


En Anexo a la presente Comunicación se indican los códigos
y descripción de los conceptos habilitados a informar y
el nuevo diseño de registro para la utilización
de la opción de carga automática prevista en la
aplicación de contingencia MEP, modificándose así
en lo pertinente los puntos 3.1. y 3.2. del Anexo II a la Comunicación
"A" 2611.


A los efectos de transmitir operaciones por el sistema de contingencia
sin inconvenientes, las Entidades Financieras y Cámaras
de Compensación Electrónica deberán tomar
la nueva versión del ejecutable el día 5 de junio
próximo luego de producirse el cierre de la operatoria
del MEP. A esos efectos, a partir del día 4 de junio próximo
el mismo quedará disponible en el MS-EXCHANGE.


Como consecuencia de lo expuesto, queda sin efecto toda otra modalidad
alternativa de envió de información indicada en
comunicaciones anteriores, salvo expresa autorización de
la Administración del MEP.


Cabe destacar que la operatoria de transferencias a cursarse con
contrapartida a la cuenta 600 (Tesoro) no entrará en vigencia
en la fecha precitada, notificando este BCRA de esta incorporación
en tiempo y forma. En cuanto a las operatorias que restan implementar
con contrapartida a la cuenta 900 (Mercado Abierto), se informará
en su oportunidad las nuevas incorporaciones indicando los códigos
de conceptos y descripciones asociadas.


Las consultas respecto de lo indicado precedentemente, deberán
realizarse a la Administración del MEP del B.C.R.A. (348-3947
o 348-3948).




B.C.R.A.Medio Electrónico de Pagos
Plan de contingencia
Anexo a la Com. "A" 2714


Tabla Conceptos utilizada en transferencias con acreditación
a las cuentas del BCRA (600 y/o 900)






CODIGODESCRIPCION
10Transferencia de divisas dólares estadounidenses. (pto. 1.1. Com. A 2631)
12Operaciones de Convenios de Pagos (pto. 6. Com. A 2631)


Los conceptos 01 - 05 y 06 son de uso exclusivo para las Cámaras
de Compensación Electrónica. En cuanto a las transferencias
de fondos entre entidades financieras a las cámaras el
código - de concepto a informar será 00.


Diseño de registro para la carga automática de la
aplicación de la contingencia MEP.


Identificación del archivo: AUTOMEP.TXT











CAMPODESDE
HASTALONG.
TIPO
HORA1 22
A
IMPORTE DEL DEBITO3
1715
N. 2 dec
ENTIDAD ACREEDORA18
225
A
IMPORTE DEL CREDITO23
3715
N. 2 dec
CONCEPTO38
392
A
INSTRUCCION DE PAGO40
12990
A


e. 18/6 Nº 231.638v. 18/6/98.

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