BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION "A" 2792 (26/10/98) Ref.: Circular CIRMO 2-25. Capítulo III - Servicios de cambio de numerario al público.
B.O: 06/11/98
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que este Banco Central ha dispuesto que a partir del 2 de noviembre próximo, las Entidades que no suministren al menos hasta un monto de $ 50 en monedas a requerimiento del público en general, sea no cliente, serán pasibles de la aplicación de la multa informada mediante Comunicación "A" Nº 2348.
e. 6/11 Nº 252.982 v. 6/11/98.