BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION "A" 2942 - 01/07/99 - Ref.: Circular RUNOR 1 - 348. Medio Electrónico de Pagos (MEP). Plan de Contingencia - Prueba. Mensual.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que, a los efectos de optimizar la utilización del sistema de contingencia suministrado por el B.C.R.A. se ha dispuesto implementar, a partir del 5 de julio, un procedimiento de prueba periódica de carácter obligatorio para las entidades adheridas y para las Cámaras Electrónicas de Compensación de Alto Valor.
Las entidades deberán cursar mensualmente a través de la aplicación de contingencia del M.E.P., en el horario de 10:00 a 17:00, un lote conteniendo una o más transferencias efectivas, previa solicitud de autorización a la Administración del M.E.P. enviando un mensaje MS-Exchange el día hábil inmediato anterior a la transmisión.
Las C.E.C. de Alto Valor realizarán la compensación bajo similar modalidad dentro del horario vigente (20:30). Asimismo las C.E.C. de Bajo Valor estarán sujetas a esta obligación en lo relacionado con su contingencia (MEP on-line).
Las entidades y cámaras que no cumplan con la disposición que antecede, serán pasibles de un cargo de $ 1.000.- (mil pesos) el que será debitado de la cuenta corriente respectiva el primer día hábil siguiente a la finalización del mes incumplido. Para el caso de una reiteración consecutiva dicho cargo se elevará a $ 3.000.- (tres mil pesos) y se inhabilitará para operar en el M.E.P. hasta que la institución afectada regularice su situación.
e. 12/7 Nº 284.286 v. 12/7/99