BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION "B" 6187. 31/7/97. Ref.: Circular OPRAC
- 1. Publicidad de las tasas de interés activas. B.O: 22/8/97
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. con relación al tema de la referencia,
para recordarles la vigencia de las disposiciones difundidas por
la Comunicación -A" 2147 y complementarias, en las
que se establece que en la publicidad-por cualquier medio-de operaciones
de crédito específicas, debe informarse en forma
legible y destacada las tasas de interés nominal y efectiva
anual, reflejando además, de corresponder, el costo financiero
total. Sólo podrán utilizarse siglas o abreviaturas
para identificar los aludidos u otros conceptos luego de haberlos
citado con la respectiva aclaración en forma completa.
Por otra parte, les señalamos que es responsabilidad de
las entidades hacer observar esa exigencia en los casos en que
empresas constructoras, inmobiliarias, industriales, comerciales,
etc., publiciten la venta de inmuebles o de otros bienes o prestación
de servicios en avisos en que se mencione su posible financiación
a través de alguna entidad financiera comprendida en la
Ley 21.526.
e. 22/8 Nº 196.180 v. 22/8/97