BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION "B" 6214 (17/9/97) Ref: Circular CONAU
- 1. Normas mínimas sobre Auditorias Externas. B.O: 6/10/97
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para recordarles que antes de la finalización
del primer trimestre económico las entidades financieras
deben presentar la documentación que se detalla a continuación:
- Fórmula 3830 (I-94).
- Fórmula 3831 (IX-95).
- Certificado de Antecedentes Judiciales, extendido por la Dirección
General del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística
Criminal (original o fotocopia con certificación de Escribano
Público).
De lo expresado se desprende que aquellas entidades cuyo cierre
de ejercicio económico se haya producido el 30/6/97 deberán
emitir dicha documentación, indefectiblemente, antes del
30/ 9/97.
La presentación se efectuará a través de
Servicios Generales - Mesa de Entradas y estará dirigida
a la Gerencia de Régimen Informativo.
e 6/10 Nº 201.359 v. 6/10/97