BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION "B" 6272 - (12/1/98) Ref.: Circular
CREFI-2. Capítulo I. Instalación, fusión
y transformación. Banco de Jujuy S.A.. Iniciación
de actividades como banco comercial minorista.
B.O: 29/01/98
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para llevar a su conocimiento que, de acuerdo
con la autorización oportunamente conferida, Banco de Jujuy
S.A. inicia en la fecha sus actividades como banco comercial minorista.
Consecuentemente, a partir de la fecha queda revocada la autorización
que tiene Banco de la Provincia de Jujuy para funcionar como banco
comercial, en los términos del artículo 44, inciso
a) de la Ley de Entidades Financieras.
e. 29/1 Nº 215.092 v. 29/1/98