BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION "B" 6286 (3/2/98). Ref: Circular CONAU-1.
Normas Mínimas sobre Auditorías Externas.
B.O: 17/02/98
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para recordarles que, antes de la finalización
del primer trimestre económico, las entidades financieras
deben presentar, con la firma de los auditores externos debidamente
certificada por el Consejo Profesional respectivo, la documentación
que se detalla a continuación:
-Fórmula 3830 (I-94).
-Fórmula 3831 (IX-95).
-Certificado de Antecedentes Judiciales, extendido por la Dirección
General del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística
Criminal (original o fotocopia con certificación de Escribano
Público).
-Anexo V (comunicación "A" 2573).
De lo expresado se desprende que aquellas entidades cuyo cierre
de ejercicio económico se haya producido el 31.12.97 deberán
remitir dicha documentación. Indefectiblemente, antes del
31.03.98.
La presentación se efectuará a través de
Servicios Generales - Mesa de Entrada y estará dirigida
a la Gerencia de régimen informativo.
e. 17/2 Nº 216.572 v. 17/2/98