BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION "B" 6360 (27/07/98). Ref. Circular OPASI-2.
Cuentas "Fondo de Desempleo para los Trabajadores de la Industria
de la Construcción" (Cap. I, Punto 4.2).
B.O: 07/08/98
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para recordarles que la apertura de las cuentas
mencionadas en la referencia y la recepción de depósitos
para ellas tiene carácter obligatorio para todos los bancos
comerciales minoristas.
Ello procede a simple requerimiento de los empleadores sin condicionamiento
alguno y aun cuando estos no posean la correspondiente libreta
de aportes, ya que su presentación al banco -de acuerdo
con las normas vigentes- sólo es necesaria para los casos
de reembolsos o transferencias de fondos.
e. 7/8 Nº 238.861 v. 7/8/98.