BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION "B" 6559 (22/7/99). Ref.: Circular CAMCO 1-130. Sistema Nacional de Pagos. Transferencia de clientes o terceros. Aclaración.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para informarles en relación con lo dispuesto por la Comunicación "A" 2956 que, a los fines de efectuar a través de las cámaras electrónicas la compensación de los movimientos de abono de remuneraciones mediante acreditación en cuenta, las entidades financieras utilizarán el medio de pago "Transferencias de clientes o terceros" definido en la Comunicación "A" 2559, de acuerdo con el procedimiento de compensación electrónica que a tal efecto se establezca.
e. 2/8 Nº 286.530 v. 2/8/99