"Como concubina no tenes derechos a nada, lamentablemente nuestro vetusto Código Civil dedica solo un par de artículos.
Pero si tu pareja hace un legado en favor tuyo estarías plenamente habilitada a ser legataria, en caso de eventual fallecimiento de tu concubino, por los bienes legados en el documento.-
De no ser así, te queda probar que de buena fe y con justo título haz vivido en ese inmueble, y probar tambiém la relación de concubinato preexistente.
Todo eso ante un juez.
Saludos, Polka.-
PD: Es eso para un trabajo práctico o solo una duda sobre la materia?"
Pero si tu pareja hace un legado en favor tuyo estarías plenamente habilitada a ser legataria, en caso de eventual fallecimiento de tu concubino, por los bienes legados en el documento.-
De no ser así, te queda probar que de buena fe y con justo título haz vivido en ese inmueble, y probar tambiém la relación de concubinato preexistente.
Todo eso ante un juez.
Saludos, Polka.-
PD: Es eso para un trabajo práctico o solo una duda sobre la materia?
Pablo Martelli
CEO & Founder