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Consejo Federal Pesquero




Consejo Federal Pesquero

PESCA

Resolución 21/2002

Establécese en forma explícita la obligación por parte de cada empresa de incorporar el buque potero cuya documentación fue presentada en el proyecto.

Bs. As., 19/12/2002

VISTO las Actas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO N° 48 de fecha 12 de diciembre de 2002 y N° 49 de fecha 18 y 19 de diciembre de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que los proyectos aprobados implican la posibilidad para las empresas titulares de los mismos, de ingresar nuevos buques poteros a la matrícula nacional.

Que la selección de los proyectos aprobados se realizó en base a las Actas del Registro del CONSEJO FEDERAL PESQUERO N° 20 y N° 24 de fecha 23 de mayo de 2002 y 20 de junio de 2002 respectivamente, y lo establecido por la Resolución N° 195 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS de fecha 21 de octubre de 2002.

Que a los fines de asegurar el cumplimiento en la ejecución de los proyectos aprobados es conveniente establecer en forma explícita la obligación por parte de cada empresa de incorporar el buque potero cuya documentación fue presentada en el proyecto.

Por ello,

EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO
RESUELVE:

Artículo 1° — Los buques poteros a incorporar durante el año 2003 a la matrícula nacional deberán responder exactamente a la documentación (memoria técnica y plano de arreglo general del buque) presentada en el proyecto respectivo al momento de su aprobación.

Art. 2° — La verificación del cumplimiento de la obligación determinada por el artículo anterior será efectuado por la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 24.922.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Cantu. — Omar M. Rapoport. — Gabriel E. Sesar. — José M. Casas — Rodolfo A. Villalba — Juan C. Braccalenti. — Francisco J. Romano. — Gerardo E. Dittrich.

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