Los gobernantes elegidos por la ciudadanía, ya sea de manera directa o indirecta, son los representantes de toda la sociedad y no solamente, a título individual, de aquellas personas que, mediante el voto, contribuyeron a su designación.
El gobernante representa a toda la sociedad, debiendo ejercer su mandato político para satisfacer plenamente los intereses generales o el bien común, con prescindencia de los intereses particulares de las personas o grupos sociales que propiciaron su candidatura o participaron con los votos a su elección.
Si bien el Art. 38 de la Constitución le confiere a los partidos políticos un relativo monopolio en la selección de los candidatos para ejercer cargos gubernamentales, no existe una relación constitucional de representación y mandato entre el partido político y su candidato que resulte elegido por el cuerpo electoral. Como corolario, el gobernante electo se debe al bienestar de los ciudadanos en general y no al del partido político que postuló su candidatura.
Art. 36.- Esta Constitución mantendrá su imperio aun cuando se interrumpiere su observancia por actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático. Estos actos serán insanablemente nulos.
Sus autores serán pasibles de la sanción prevista en el artículo 29, inhabilitados a perpetuidad para ocupar cargos públicos y excluidos de los beneficios del indulto y la conmutación de penas.
Tendrán las mismas sanciones quienes, como consecuencia de estos actos, usurparen funciones previstas para las autoridades de esta Constitución o las de las provincias, los que responderán civil y penalmente de sus actos. Las acciones respectivas serán imprescriptibles.
Todos los ciudadanos tienen el derecho de resistencia contra quienes ejecutaren los actos de fuerza enunciados en este artículo.
Atentará asimismo contra el sistema democrático quien incurriere en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento, quedando inhabilitado por el tiempo que las leyes determinen para ocupar cargos o empleos públicos.
El Congreso sancionará una ley sobre ética pública para el ejercicio de la función.
"La felicidad que da el dinero está en no tener que preocuparse de él; por ignorar ese precepto no es libre el avaro, ni es feliz".
"Me parece que no es estudiante de derecho y entro a buscar una opinión sobre el tema.
Eja de todos modos ese articulo que citas, y su interpretación extensiva a casos que no fueron su fuente, debe ser restrictivamente interpretada (???)
Parece un contrasentido, pero es la verdad."
"Estoy harta de soportar y ver cómo todos los conciudadanos soportamos sin chistar (tenemos supuestamente la herramienta del voto, pero no da resultado) los devaneos de un gobierno que -aparentemente- ya nadie quiere. Pregunto: ¿prevé nuestra Constitución Nacional la revocatoria del mandato presidencial por mal desempeño del primer mandatario? Creo que hubo un proyecto de ley en 1999, pero creo también que no prosperó. Pido a los constitucionalistas si pueden responderme acerca de la legislación vigente, así como también, en caso de no hallarse previsto, qué posibilidades existen de presentar un proyecto para que este tema sea incluido. Gracias."
+Ver post citado "Vamos por partes como diria jack el destripador:
1_ Quiero creer que no sos estudiante de derecho o que no viste la materia derecho constitucional, es mas no hace falta haberla visto con solo buscar en internet se te despeja la duda.
2_ ¿En que te basas para decir tan despectivamente que es un gobierno al que nadie quiere? ¿Es mi sensacion o ves mucho tn?
3_ ¿En que te basas para decir que la herramienta del voto no da resultado? a mi humilde parecer es la mejor herramienta que tenemos todos los ciudadanos de poder elegir a nuestros representantes, por otro lado la presidenta gano por mas del 45 % de los sufragios. Un mal pensado como yo diria que no te gusta la democracia, y que el voto te parece insignificante al decir que no da resultado.
4_ No hay ningun fundamento para pedir la revocacion (figura inexistente en la CN) o juicio politico de la presidenta, por lo menos por ahora, a no ser que claro leas clarin y la nacion.
Un consejo: Comprometete mas con la democracia... y no mires tanto tn!, es como todo en exceso hace mal.
Saludos."
"
Lo que más me amarga es que a Politólogos preveen un golpe de Estado."
" o por lo menos que no diste constitucional ni político.....
Y la especulación "un gobierno que nadie quiere..." me parece que está demas y hasta la siento como una falta de respeto al criterio individual de los demás que no pensamos de la misma manera Sr. Magneto..."
"Evidentemente Li Fabricius no tiene idea de derecho, ni de político, ni de constitucional, ni de DEMOCRACIA. Me dá vergüenza ajena si está relacionada con el derecho...
."
Lo que digas Neil Armstrong, de todos modos no te creo nada...
"Evidentemente Li Fabricius no tiene idea de derecho, ni de político, ni de constitucional, ni de DEMOCRACIA. Me dá vergüenza ajena si está relacionada con el derecho...
Pensamientos así, dificilmente generen un voto sea eficaz y prospere, por el contrario, fueron la antesala de los capítulos más negros de nuestra historia.
Respecto "al gobierno que nadie quiere", es tú opinión, no la sientes como general, el país no termina en la tapa de Clarin o en los análisis de algún trasnochado en Todo Negativo.... pero es obvio, las medidas del gobierno nacional apuntan a ciertos sectores y eso molesta....
Lee la constitución Nacional, y respetá a la mayoría ."
"Pff... Yo que pensé que hilo se estaba encauzando... Un MODERADOR lo desvirtua con su punto de vista subjetivo de la realidad..."
+Ver post citadoLo que digas Neil Armstrong, de todos modos no te creo nada...
"Mi punto de vista no es subjetivo. Todo el mundo sabe que el poder corrompe a los mediocres.
El futuro llegó, hace rato.
Saludos."
"Camaradas:
Si bien, como persona apolítica, plasme mi postura en mi mensaje previo, creo que no debe escapar del análisis que el instituto de Remoción Presidencial es una herramienta que en práctica se emplea "a posteriori" de la asunción de dicho mandato ejecutivo (lógicamente).
Así que, tomando en cuenta la naturaleza de la cuestión que nos compete, nada interesa sobre lo partidario de ciertos sectores en plena época de campaña o bien de la simpatía del voto popular, porque es una etapa a priori al real desempeño de un cargo público.
Por lo tanto, es perfectamente probable que la ideología sufragante pueda cambiar drásticamente teniendo hoy en día los desenlaces a la vista. En otras palabras, un votante puede estar arrepentido de su decisión; dato normal, razonable y entendible. Realidad que no puede negarse.
Más allá de que unos sean afiliados y otros opositores, lo que vale es la realidad social actual teniendo en consideración resultados fácticos (cumplimiento o incumplimiento de aquellas promesas propuestas en diversos actos y postulación), NO la definición de un escrutinio pasado.
Sostener que Fulanito es un presidente ideal porque durante las elecciones fue electo con el 60% me parece una conjetura totalmente paupérrima, ¿que tiene que ver por cuanto gano?, ¿de que estamos hablando, del hoy o del ayer?.
Concluyendo entonces, no veo adecuado fundar un juicio presente retrotrayéndose a un acto preliminar, ya que lo que cuenta es la determinación funcional del gobierno en ejercicio para sacar una conclusión crítica sobre si es o no realmente lo que aparentaba en su momento.
Y la efectiva legitimidad de una posesión mandataria no reside en el voto popular sino en el posterior reconocimiento ad líbitum y ad honorem de su gestión por parte de la opinión pública, ya que el primer acto es una manifestación provisoria a instancias de futuros efectos jurídicos, y el segundo denota en su conformidad y consiguiente apoyo libre y voluntario; sin choripaneadas en una plaza, sin planes sociales y sin presión de niguna índole para presenciar, escuchar y aplaudir un discurso...
Saludos, LEX7."
"
La figura para destituir al presidente es el Juicio político:
Sin animos de ofender, ni generar polémica... Por favor decime que no sos estudiante de derecho.-"
La figura para destituir al presidente es el Juicio político:
Artículo 53.- Sólo ella ejerce el derecho de acusar ante el Senado al presidente, vicepresidente, al jefe de gabinete de ministros, a los ministros y a los miembros de la Corte Suprema, en las causas de responsabilidad que se intenten contra ellos, por mal desempeño o por delito en el ejercicio de sus funciones; o por crímenes comunes, después de haber conocido de ellos y declarado haber lugar a la formación de causa por la mayoría de dos terceras partes de sus miembros presentes.
Artículo 59.- Al Senado corresponde juzgar en juicio público a los acusados por la Cámara de Diputados, debiendo sus miembros prestar juramento para este acto. Cuando el acusado sea el presidente de la Nación, el Senado será presidido por el presidente de la Corte Suprema. Ninguno será declarado culpable sino a mayoría de los dos tercios de los miembros presentes.
Sin animos de ofender, ni generar polémica... Por favor decime que no sos estudiante de derecho.-