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Si no realiza tareas de Servicio Domestico, sino que cuida a tu abuela por ENFERMEDAD: No hay relacion laboral, por ende no corresponde ni aguinaldo ni vacaciones. La naturaleza de la relacion es una simple Locacion de Servicios.
Si realiza tareas de SERVICIO DOMESTICO: aca hay que distinguir si llega a trabajar 4 hs-4 dias a la semana ( o mas), o no llega a esa cantidad.
Si trabaja por lo menos 4 HORAS - 4 DIAS A LA SEMANA ( esto es un piso, es lo minimo y lo siguiente se aplica si trabaja mas que dichos topes). Si hay relacion laboral. Para que le corresponda VACACIONES es necesario que por lo menos tenga 1 AÑO de antiguiedad (que en el caso en cuestion no lo tiene).
Con repescto a AGUINALDO este siempre debe pagarse, se paga en 2 mitades 30/06 y 31/12. La forma de pago es basicamene la mitad de un sueldo. Si trabajo todo un semenstre entero se le paga la totalidad del aguinlado; si trabajo solo una parte se le paga en forma propocional. Tomando como punto de partida que "hace siete meses que trabaja"( y no se si sigue trabajando o no). Se le deberia pagar el primer SAC en forma proporcional ( mayo y junio, no se exactamente, te falto poner la fecha) y esta corriendo el 2do SAC de este semestre que se pagaria el 31 del corriente, y si ya se extinguio la relacion se paga en forma proporcional.
Ahora si NO LLEGA a 4 HORAS - 4 DIAS: no hay relacion laboral, solo locacion de servicios, no corresponde ni SAC ni vacaciones.
Bueno espero que te haya servido te conteste a las apuradas ya que me estoy llendo , saludos!