Hola mi consulta tiene que ver con los requisitos de validez de los pagarés. Necesitaria saber si el vencimiento que figura en un pagaré puede establecerce sin limite en el tiempo, es decir si lo puedo hacer con vencimiento que yo considere conveniente. Ej a 7 años de la fecha de confeccion. Tambien quisiera saber cuanto tiempo tengo para ejecutar un pagaré luego de cumplido el ternimo del vencimiento que figura en el mismo. Espero alguien me pueda dar una mano.. Gracias..
creo que el plazo que se aplica de prescripción es de 3 años para las acciones que derivan del pagaré (art 96 decreto-ley 5965/63).
Creo...
saludos
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"Como será de noble este país que tenemos quinientos años de estar tratando de acabar con el, y todavía no lo logramos"