La explotación comercial de un garage descarta la eximente de fuerza mayor que pueda devenir por el robo a mano armada de los bienes que se encuentran bajo su custodia en el garage, dado que tal circunstancia debe considerarse como un riesgo propio de esa actividad comercial.
CC0101 MP 74941 RSD-416-89 S 19-10-1989 , Juez SPINELLI (SD)
CARATULA: Lerner, Norberto Isidoro c/ Lombardi, Atilio s/ Daños y perjuicios
MAG. VOTANTES: Spinelli - De Carli - Libonati
La explotación comercial de un garage descarta la eximente de fuerza mayor que pueda devenir del robo a mano armada, dado que tal circunstancia debe considerarse un riesgo propio de esa actividad comercial.
CC0102 MP 91395 RSD-327-94 S 20-10-1994 , Juez OTERINO (SD)
CARATULA: Compañia de Seguros del Interior c/ Crespo Martinez, Manuel y otro s/ Cobro de australes
OBS. DEL FALLO: SCBA rechazo recurso en Ac. 59131 del 02/09/97.
MAG. VOTANTES: Oteriño - Dalmasso
La atribución de responsabilidad por el factor objetivo de la obligación de seguridad no se funda en el 1113 (porque la responsabilidad es contractual). Tampoco se funda en el 512 (porque, si bien es contractual, en el 512 la atribución de responsabilidad es a título de culpa o dolo).
El fundamento reside en la buena fe (1198 CC).
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Ésta es una idea de Google Docs
Responsabilidad del dueño del Garage Estudio Corzini