"si tengo un comprobante de reparacion, tambien tengo testigos, no cuando la lei no me di cuenta de la fecha si lei 27 pero se ve q se me paso el mes, el tema q me llamaron al cel para rectificar la fecha, supongo que la haran en el misma acta poniendo sobre testado o raspado , algo por el estilo y que no me den vuelta, o me empiecen a amenazar algo, porque tambien se habran quedado calientes por lo que hice constar en el acta respecto del llamado al 911, en fin ,gracias"
+Ver post citadoLo que digas Neil Armstrong, de todos modos no te creo nada...
-denunciar, poner en conocimiento de la autoridad el hecho
-falsedad, donde quien denuncia debe saber que el hecho denunciado no ha existido , en todo o en parte , o que existió pero en forma diferente.
-el delito, que sea perteneciente a cualquier acción, al cuerpo del CP o en leyes especiales complementarias. Acá quedan afuera denunciar faltas y contravenciones.
-y la Autoridad, por supuesto, que puede ser Judicial, Policial o Ministerio Público (fiscal, sea correccional o criminal).
Tenés testigos?, boleta de la reparación del vidrio con fecha?.
Cuando se radica una denuncia te la leen antes de que la firmes, no te diste cuenta en el acto?. Yo en tu caso me dirijo a la fiscalía.
Lo que digas Neil Armstrong, de todos modos no te creo nada...