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Soy de UNLAM. Pero mi duda, y espero que ninguno de mis profesores de Laboral la vea, es la siguiente:
Si el empleador no recibe el Telegrama del empleador, es decir que el TCL vuelve al remitente rechazado por el destinatario, los efectos de la notificación valen o no?
Yo entiendo que sí, porque sino daría lugar a muchos abusos. Tengo los libros para fijarme pero no es un tema al que me vaya a dedicar por eso pido me contesten. Agradecido.

gmd1975 UNLAM

Respuestas
UNC
RAB Usuario VIP Creado: 09/10/08
Aclara bien quien le manda a quien porque dice empleador las dos veces.

No puede imputársele responsabilidad alguna al trabajador por la falta de entrega de las comunicaciones enviadas al domicilio donde laboraba cuando el Correo informó respecto de dos comunicaciones que el domicilio era inexistente pero con relación a otro envío la observación fue "cerrado con aviso", no pudiendo exigírsele al dependiente otra conducta diferente a la que adoptó cuando las contradicciones surgen del propio Correo. En definitiva, cabe concluir que las notificaciones surtieron los efectos deseados entrando en la órbita de conocimiento del accionado, debiendo confirmarse también en este punto el decisorio recurrido:

"Leyes Fabian Ignacio c/Golia Jose Antonio s/despido" – CNTRAB – SALA I – 28/08/2007

En principio son validas las notificaciones del empleador al empleado en el domicilio que tenga el empleador en sus registros laborales excepto que los haya cambiado el empleado y no lo comunico al empleador y este no lo sabe .....y en perincipio son validas las noticaciones hechas por el empleado al empleador en el lugar donde trabajaba.... eso seria la regla.
Despues agrego algo mas.
Saludos

UNLAM
gmd1975 Premium I Creado: 09/10/08
Perdon el trabajador envia telegrama al empleador y este tras haber recibido anteriores misivas decide no recibir la ultima, esta ultima misiva, hace efecto de notificación? Gracias, por la indicación

UNLAM
gmd1975 Premium I Creado: 09/10/08
Gracias RAB como siempre, clarisimo.

UNC
RAB Usuario VIP Creado: 09/10/08
El trabajador envia telegrama al empleador y este tras haber recibido anteriores misivas decide no recibir la ultima, esta ultima misiva, hace efecto de notificación?

Si.
Porque ya habia recibido anteriormente otras. Pense que venia la pregunta por el tema de cambios de domicilio pero aun en ese caso tambien si lo envia al domicilio donde trabajaba se considera notificado.
El tema del intercambio telegráfico en materia laboral que bien puede ser corto o no tanto, pasa que por lo general el empleador niega todo o casi todo el primer telegrama, luego suele terminar de dos maneras, 1) contestando y ratificando la negacion primigenia y acusando de falaz etc, y termina con la frase doy por terminado el intercambio epistolar, y 2) no recibe el telegrama, o no lo contesta.
Depende de como hayas redactado el telegrama el trabajador, deberia haber puesto un plazo por ejemplo de tantas horas para que aclare situacion laboral o algo por el estilo:

* el empleado pone algo asi:

INTIMO 48 horas aclare situación laboral, abone salario familiar por esposa, tres hijos, dos escolaridad primaria, subsidio prenatal, aguinaldo, vacaciones, exhiba comprobantes pago aportes jubilatorios, obra social y sindical desde …… a la fecha, caso contrario accionaré LCT.

* el empleador pone algo asi:

Rechazamos su telegrama N° …… por improcedente y malicioso. Desconocemos supuesta relación laboral invocada. Reservo derechos.

*el empleado pone luego algo asi:

Reitero y ratifico mi anterior, rechazo su colacionado temerario completamente falso y malicioso, ante negativa arbitraria relación laboral me considero despedido su única culpa y exclusiva responsabilidad. Colaciónese.

*el empleador pone algo asi:

Rechazo su telegrama N° …… improcedente y malicioso. Reitero mi anterior.

*el empleado algo asi:

Reitero y ratifico mi colacionado N° …… Cierro intercambio telegráfico. Accionaré.

Osea se puede cortar en cualquier momento esta guerrita de telegramas a veces como en el ultimo caso diciendo cierro intercambio telegrafico o directamente no respondiendo o no recibiendo el telegrama y entonces te guias por el plazo del primer telegrama. Al los efectos de la notificacion ya con el primero esta notificado lo logico y mas seguro es al lugar de trabajo.
La maxima a seguir en este tema es responder siempre los telegramas (al menos el primero).
Luego viene la demanda en tribunales.
Saludos

UNLP
aleunlp Usuario VIP Creado: 09/10/08
si decide no recibir la comunicacion el agente lo notifica y se lleva el telegrama, por lo tanto es lo peor que puede hacer el empleador por que de esa manera quedará notificado y no sabe de qué

UNLAM
gmd1975 Premium I Creado: 09/10/08
excelente!! Y aclarado el tema, Gracias RAB, y Ale opino igual que vos, ahora que me queda claro el tema. Muchas gracias a ambos.

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