El martes hay cita obligada con Cristina Kirchner para legisladores, académicos y jueces. La Presidente oficializará el proyecto de ley para reformar y actualizar el Código Civil, que será unificado con el de Comercio luego de un trabajo llevado adelante por el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti; la ministro Elena Highton de Nolasco y la profesora Aída Kemelmajer de Carlucci. El Código Civil y el Comercial son ordenamientos jurídicos que están presentes en la vida cotidiana cuando se habla, por ejemplo, de contratos, matrimonios y propiedad privada, entre otros institutos. Por el Decreto 191/2011, Kirchner creó la comisión para la elaboración del proyecto de Ley de Reforma, Actualización y Unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación.
Cambios y agregados que estarán en el proyecto de ley:
Divorcio "exprés": con la reforma al código, se simplifica. Alcanzará la “voluntad” de uno solo de los cónyuges sin necesidad de expresar mutuo acuerdo a la hora de la separación.
Cualquiera de los miembros de la pareja podrá asistir al juez, manifestarle su deseo de divorcio llevando una propuesta de división de bienes gananciales, cuota alimentaria y régimen para cuidado de niños.
Si bien en la actualidad hay divorcios legislados que no requieren de un mutuo acuerdo, el interesado debe atravesar un compleo proceso judicial para probar la causal –objetiva o subjetiva– que alega.
Contratos prenupciales: emulando costumbres de otros países, una pareja que toma la decisión de casarse podrá firmar “convenciones prenupciales”, algo prohibido hoy en la Argentina. En la actualidad se considera bienes gananciales a dividir lo generado a partir de la unión. Eso podrá modificarse. Los casos de Susana Giménez o la modelo Carolina Ardohain fueron casos resonantes por el dinero que tuvieron que pagar a sus ex parejas tras la ruptura matrimonial.
Uniones de convivencia: se reconocerán las uniones de convivencia para salvaguardar el bienestar de una de las personas que integran la pareja por si surge la decisión de romper el vínculo por parte de alguna de ellas.
Sociedad y leasing: el proyecto ofrecerá la posibilidad de conformar sociedad de “un solo socio”, uno de los pedidos que le hizo a la comisión redactora la Presidente. Se incorpora la figura de leasing (alquiler con opción a compra) y factoring (instrumento para convertir en financiamiento líquido a créditos por cobrar).
Reproducción humana: la fertilización asistida estará incorporada en el Código Civil, ya que hoy sólo está bajo el código de ética médico. También la gestación por sustitución (conocida como alquiler de vientre) tendrá su legislación para aquellas mujeres que no pueden concebir y será bajo “control judicial”.
Adopción: el proyecto trabajará la idea de hacer más simple la adopción de niños con un sistema que puede ir desde “plena” hasta “mantener” vínculo biológico. El proceso para hacerse cargo de un niño es muy complejo y generó cientos de denuncias.
“Me siento un poco Napoleón”, había dicho la Presidente al hablar de las reformas al Código Civil, porque se trata “de un verdadero acto de codificación” similar al de Vélez Sarsfield, que se inspiró en Napoleón Bonaparte.
Es raro no, tantos adjetivos, para qué utilizar, por ejemplo, la palabra "coherente" en el art. 2, o la palabra "en consonancia" del art. 1, o la palabra "razonablemente" en el art. 3, por que tan rebuscado, es muy raro.
Esta bueno el proyecto, tiene sus matices malos y bueno, pero lo que me parece extraña es la redacción. Están cometiendo el mismo error de redacción que en la Ley Penal Tributaria, un desastre.
Gracias.