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Hola, bueno el problema es el siguiente es una accion de amparo que se presento contra una curtiembre que los vecinos piden que la cierren por que daña el medio ambiente y la salud de las personas, bueno, a mi me toca defender a la curtiembre (por mas que no me guste) y necesito saber sobre que leyes me puedo justificar le agradeceria mucho su ayuda.

OrlandoCorrentino UNAM

Respuestas
Sin Definir Universidad
Josegon Cursando Materias Creado: 24/10/08
Orlando, la verdad que tendría que leer el caso, supongo que es para un trabajo practico, ¿no?

Lo que se me ocurre es que podés defender la actividad de la curtiembre, apoyandote en:

* el permiso que seguro tiene la empresa para funcionar, concedido por el Estado.

* el derecho a ejercer toda industra lícita

* el derecho a trabajar

* antes de suspender la actividad, se tendrian que hacer unos estudios de impacto ambiental

Leyes... mmm no conozco ninguna en la que te puedas amparar, pero capas los chicos te ayudan aca, o sino capas si te pones a "googlear" encontras algo.

Un saludo

UNAM
OrlandoCorrentino Ingresante Creado: 24/10/08
Si yo tenia pensado eso tambien mil gracias es para un trabajo de la doctora Cortez de Constitucional gracial loco un abrazo.

Universidad Catolica Argentina
Jandi Cursando Ingreso Creado: 27/11/08
En cuanto normas, supongo que el mayor daño ambiental es por el uso del agua y los desechos a afluentes...
te aconsejo que veas estas:

Ley 24051 Aplica para aire, agua y suelos. Si bien el régimen administrativo corresponde a la Provincia, puede ser tomado en cuenta en causas judiciales por contaminación.
Dec 831/093 Establece niveles guías de calidad por cuerpo receptor y según uso
Ley 25,688 Norma de presupuestos mínimos par la preservación de aguas
Ley 20,284 Preservación de los recursos de aire
Ley 24449 -Dec. 779/95 Límites sobre emisiones contaminantes, ruidos y radiaciones parásitas
Res ST 720/94 y Res SI 58/93 Limita las emisiones de motores diesel
Decreto 831/93 Establece niveles de emisión
Ley 22428 Régimen de residuos peligrosos.


La posición que a adoptar sería alegar el cumplimiento del EIA y del Monitoreo de la Industria y que es un riesgo "aceptable" en los términos de la LGA. Toda actividad es contaminante, lo que permite que se realice es que se encuentre dentro de los parámetro de razonabilidad" que establece la ley, y que se cumplan los procedimientos de contralor que establece.

Espero que tu representada, tenga todos los papeles en regla... sino se le va a complicar bastante..

Igualmente, por el principio precautorio, seguramente el juez va a solicitar que se realice un estudio de impacto ambiental y que realicen mediciones de contaminación. (como paso en el fallo de las antenas).
Hay antecedentes, no recuerdo el fallo este de las antenas, donde establecieron procedimientos de medición, pero al final recuerdo que los jueces o no fallaron porque se llegó a un acuerdo extrajudicial o le esquivaron a la cuestión.

Espero te sirva saludos!!

Universidad Catolica Argentina
Jandi Cursando Ingreso Creado: 27/11/08
Sigueindo el mail de Josegon. Tene cuidado en alegar sobre esos postulados, ya que:

* el permiso que seguro tiene la empresa para funcionar, concedido por el Estado. El permiso siempre es precario (y por ello revocable en cualquier momento, sin previo indemnización), y no sustenta la realización, ni es prueba de, una actividad licita. No es argumento suficiente. El otorgamiento del permiso no subasana ni hace remision de obligaciones ambientales.

* el derecho a ejercer toda industra lícita
* el derecho a trabajar : En cuanto estos dos, son derechos, que mi parecer, estar subordinados al derecho al ambiente sano. El principio ambiental, por ser un interés difuso y en mayor relación al bien común, está por encima de esos principios, tanto de ejercer industria, como de trabajo.

* antes de suspender la actividad, se tendrian que hacer unos estudios de impacto ambiental: Respecto a este, es erróneo, porque en d ambiental prima el principio precautorio, te pueden frenar todo y exigirte que realices los estudios pertinentes.
Lo veo yo en la industria que me dedico, cuando suspenden actividades y levantes licencias ambientales.

Primero se suspende y luego se ejecutan acciones, así funciona en ambiental, y para allá van la jurisprudencia.

Espero te sea de ayuda! saludos

PD: no digo que este mal lo de Jose, porque lo mate... yo sólo pienso diferente!!

Saludos a ambos

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