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Decisión Administrativa 209/97 del 14/05/97





PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 209/97

Rectificase la Decisión Administrativa N° 12/97,
que distribuyó los créditos, cargos y horas de cátedra
de cada Jurisdicción, Organismo Descentralizado e Institución
de Seguridad Social, aprobado por 1a ley Nº 24.764 de Presupuesto
de la Administración Nacional para el ejercicio 1997.


Bs. As., 14/5/97

B.O. 20/5/97

VISTO la Ley N° 24.764 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION
NACIONAL para el ejercicio 1997 y la Decisión Administrativa
N° 12 del 16 de Enero de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 12 del 16 de
Enero de 1997 se procedió a distribuir los créditos,
cargos y horas de cátedra de cada Jurisdicción,
Organismo Descentralizado e Institución de Seguridad Social,
aprobados por la Ley N° 24.764 de Presupuesto de la Administración
Nacional para el ejercicio 1997.

Que en la citada Decisión Administrativa se han advertido
errores materiales que se hace necesario rectificar, como así
también omisiones que deben subsanarse.

Que resulta menester sustituir de las planillas anexas al artículo
1° de la Decisión Administrativa N° 12/97 algunas
fojas correspondientes a la Jurisdicción 20 - PRESIDENCIA
DE LA NACION, Subjurisdicción 03 - SECRETARIA DE RECURSOS
NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE en la parte pertinente del
Programa 16 - Desarrollo Sustentable de los Recursos Naturales,
Actividades 04 - Mejoramiento y Construcción de Areas Protegidas
de Bosques Nativos y Biodiversidad, 07 - Desarrollo Institucional
Ambiental (B. I. D. 907-SF) y 08 - Atención de Areas Protegidas,
50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, Programa
50 - Formulación, Programación, Ejecución
y Control de Proyectos de Obras Publicas, Actividad 03-Evaluación
y Control de Obras Publicas, Jurisdicción 45 - MINISTERIO
DE DEFENSA, Subjurisdicción 23 - ESTADO MAYOR GENERAL DE
LA FUERZA AEREA, Programa 17 - Transporte Aéreo de Fomento,
Actividad 01 - Vuelos Regulares de Fomento, Subjurisdicción
22 - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA, Programa 16 Capacidad
Operacional de la Armada, Proyecto 02 - Infraestructura de la
Armada, la Entidad 621 - INSTITUTO SUPERIOR DE ECONOMISTAS DE
GOBIERNO, y la Entidad 623 - SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA.

Que, asimismo, corresponde agregar en planillas anexas al artículo
1° de la citada Decisión Administrativa, fojas omitidas
en su momento, correspondientes a la Jurisdicción 45 -
MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 21 - ESTADO MAYOR
CENERAL DEL EJERCITO y la Entidad 625 -ADMINISTRACION FEDERAL
DE INCRESOS PUBLICOS, Actividad 03 - Servicios Legales y de Control.

Que resulta necesario suprimir de las planillas anexas las fojas
correspondientes a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL
INTERIOR, Programa 21 - Prestación del Servicio de Seguridad
a Personas y Bienes, Actividad 02 - Formación y Capacitación
al Personal, por hallarse duplicadas con distintos niveles de
créditos.

Que también corresponde sustituir y agregar en las planillas
de distribución de cargos y horas de cátedra aprobados
por el artículo 2° de la Decisión Administrativa
N° 12/97 de la Jurisdicción 10 - MINISTERIO PUBLICO,
Programa 17- Representación y Defensa de Pobres, Menores,
Incapaces y Ausentes de las Entidades 112 - ENTE NACIONAL REGULADOR
NUCLEAR y 451 DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES.

Que debe suprimirse el punto b) del Apartado VII de la Planilla
Anexa al Artículo 6° de la Decisión Administrativa
N° 12/97, en la cual se detalla la delegación de facultades
para la realización de modificaciones presupuestarias,
por cuanto no es necesario producir una modificación presupuestaria
entre obras de un proyecto, en tanto las mismas se consideran
de nivel indicativo.

Que también se debe eliminar el punto a) del Apartado III
de la Planilla antes mencionada, a efectos de evitar que las modificaciones
por compensación entre Incisos tengan el rango de Resoluciones
de Ministro, Secretario de la Presidencia de la Nación
o titular de la entidad, competente, cobrando vigencia en cambio,
el punto b) del Apartado V, que permite la realización
de modificaciones por compensación entre partidas, por
el Secretario competente o responsable del programa.

Que las rectificaciones y correcciones expuestas se realizan en
virtud de lo establecido por el artículo 101 del Reglamento
de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto N°
1759 del 3 de abril de 1972 t. o. en 1991 y los artículos
11 y 15 de la Ley N° 24.764.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1°-Sustitúyense de las planillas
anexas al artículo 1 ° de la Decisión Administrativa
N° 12 del 16 de enero de 1997, las fojas 439, 451, 459, 460
y 461 correspondientes a la Jurisdicción 20 - PRESIDENCIA
DE LA NACION, Subjurisdicción 03 - SECRETARIA DE RECURSOS
NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE en la parte pertinente del
Programa 16 - Desarrollo Sustentable de los Recursos Naturales,
Actividades 04 - Mejoramiento y Construcción de Areas Protegidas
de Bosques Nativos y Biodiversidad, 07 - Desarrollo Institucional
Ambiental (B.I.D. 907-SF) y 08 - Atención de Areas Protegidas;
las fojas 2050, 2355, 2356, 2357, 2358, 2368 y 2369 correspondientes
a la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, Programa 50 - Formulación, Programación,
Ejecución y Control de Proyectos de Obras Publicas, Actividad
03 - Evaluación y Control de Obras Publicas; la foja 1938
correspondiente a la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA,
Subjurisdicción 23 - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA
AEREA, Programa 17 - Transporte Aéreo de Fomento, Actividad
01 - Vuelos Regulares de Fomento; las fojas 1825, 1844 y 1847
a 1859 correspondientes a la Jurisdicción 45 - MINISTERIO
DE DEFENSA, Subjurisdicción 22 - ESTADO MAYOR GENERAL DE
LA ARMADA, Programa 16 - Capacidad Operacional de la Armada, Proyecto
02 - Infraestructura de la Armada, las fojas 4652, 4657 y 4658
de la Entidad 621 INSTITUTO SUPERIOR DE ECONOMISTAS DE GOBIERNO,
y las fojas 4683, 4733, 4734, 4735, 4736.4737, 4760,4761, 4762
y 4763 de la Entidad 623 - SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, por las fojas anexas al presente artículo
que forman parte integrante de la presente.

Art. 2°-Agréganse al artículo 1°
de la Decisión Administrativa N° 12/97 las planillas
anexas a este artículo que forman parte de la presente,
correspondientes a la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA,
Subjurisdicción 21 - ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO
y la Entidad 625 - ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS,
Actividad 03 - Servicios Legales y de Control.

Art. 3°-Suprímense de las planillas anexas
al artículo 1° de la Decisión Administrativa
N° 12/97, las fojas 1114, 1115 y 1116 de la Jurisdicción
30 -. MINISTERIO DEL INTERIOR Programa 21 - Prestación
del Servicio de Seguridad a Personas y Bienes, Actividad 02 -
Formación y Capacitación al Personal.

Art.4°-Sustitúyense de las planillas anexas
al artículo 2° de la Decisión Administrativa
N° 12/97 las fojas 3867 y 3868 relativas a distribución
de cargos y horas de cátedra correspondientes a la Entidad
451 - DIRECCION CENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, por las fojas
anexas al presente artículo y que forman parte de la presente
decisión administrativa.

Art. 5°-Agréganse al artículo 2º
de la Decisión Administrativa Nº. 12/97 de las planillas
anexas a este artículo y que forman parte de la presente
decisión administrativa correspondientes a la distribución
de cargos y horas de cátedra de la Entidad 112 - ENTE NACIONAL
RECULADOR NUCLEAR, y de la Jurisdicción 10 MINISTERIO PUBLICO,
Programa 17 - Representación y Defensa de Pobres, Menores,
Incapaces y Ausentes.

Art. 6°-Suprímense el punto a) del Apartado
III y el punto b) del Apartado VII de la Planilla Anexa al Artículo
6° de la Decisión Administrativa N° 12/97, en
la cual se detalla la delegación de facultades para la
realización de modificaciones presupuestarias.

Art. 7º-Comuníquese, publíquese, dése
a Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-
Jorge A. Rodríguez.- Roque B. Fernández.

NOTA: Los anexos no se publican. La documentación
no publicada puede ser consultada en la sede central del Boletín Oficial (Suipacha 767 - Capital Federal).

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