SERVICIO EXTERIOR Decisión Administrativa 317/97 Autorízase al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio
Internacional y Culto, a atender el pago del alquiler para vivienda,
de los funcionarios y personal que se desempeñen en la
Representación Permanente en el Reino de Tailandia. Bs. As., 4/6/97 B.O: 10/06/97
VISTO lo dispuesto en el artículo 22, inciso e) de la ley
20.957 y lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO en materia de alquiler de viviendas
para el personal del Servicio Exterior de la Nación y sus
respectivas familias cuando se desempeñen en la Representación
Permanente de la República en el REINO DE TAILANDIA, y
CONSIDERANDO:
Que la Representación Permanente de la República
destacada en ese país da cuenta de la situación
que se plantea debido al elevado costo del valor locativo de los
inmuebles, en relación a las retribuciones que se liquidan
al personal del Servicio Exterior de la Nación, creando
a ese personal una situación de singular gravedad y que
de acuerdo a sus alcances puede llegar a impedir la permanencia
del mismo en ese destino. Ello toda vez que los cánones
locativos superan el VEINTICINCO POR CIENTO (25,00 %) de sus ingresos.
Que esa situación es similar a la que diera origen al Decreto
N° 1052 del 12 de mayo de 1978, referido al anticipo de las
sumas necesarias para atender el pago anticipado de alquileres.
Que para solucionar el problema que plantea la circunstancia expuesta,
corresponde autorizar al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, como así también
a los distintos organismos del Estado que deban destacar representantes
con carácter permanente en ese país, a atender el
pago del excedente del VEINTICINCO POR CIENTO (25,00 %) de la
retribución que se liquida al personal destinado a la locación
de inmuebles para vivienda, con afectación a la partida
específica de su presupuesto.
Que se ha expedido favorablemente respecto de la medida propuesta
la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio
de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Artículo 100, Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1°-Autorízase al MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a atender
el pago del alquiler para vivienda, en lo que exceda del VEINTICINCO
POR CIENTO (25,00 %) de la retribución que se liquida a
los funcionarlos del Servicio Exterior de la Nación y al
personal cuyas retribuciones se afecten a su presupuesto, cuando
los mismos se desempeñen en la Representación Permanente
de la República en el REINO DE TAILANDIA.
Art. 2°-En todos los casos en que se solicite el beneficio
previsto en la presente Decisión Administrativa, el titular
de la respectiva Representación Diplomática dejará
expresa constancia, bajo su responsabilidad, de haber verificado
la inexistencia de otros inmuebles con condiciones economices
y exigencias contractuales mas favorables que el propuesto y que
pudieran ser destinados adecuadamente para el fin perseguido.
Art. 3°-Extiéndese la autorización que
se acuerda por la presente Decisión Administrativa, a todos
los Organismos del ESTADO NACIONAL que, en razón de sus
funciones específicas deban desplazar personal con carácter
permanente para desempeñarse en el mencionado país,
debiéndose ajustar para ello a las normas que en su texto
se determinan.
Art. 4º-El gasto que demande la aplicación
de lo dispuesto en la presente Decisión Administrativa
se imputara a la partida correspondiente del presupuesto del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y, en
su caso, a la similar de cada uno de los Organismos del ESTADO
NACIONAL contemplados en el artículo precedente.
Art. 5°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Jorge
Rodríguez.-Guido Di Tella.