INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL
Decisión Administrativa 411/98
Apruébase el Plan Estratégico y el Plan de Transformación del mencionado Instituto, correspondiente a los años 1998 al 2000.
Bs. As., 10/8/98.
B. O.: 15/09/98.
VISTO el Expediente N° 060-004123/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Ley N° 24.938 y los Decretos N° 928 del 8 de agosto de 1996 y N° 1273 del 7 de noviembre de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 1273 de fecha 7 de noviembre de 1996 creó el GABINETE CIENTIFICO TECNOLOGICO (GACTEC) en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que el artículo 25 de la Ley N° 24.938 incluye a los organismos de Ciencia y Tecnología agrupados en el GABINETE CIENTIFICO TECNOLOGICO (GACTEC), entre los cuales se encuentra el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, en los alcances de los artículos 1° y 3° del Decreto 928/96, que reglamenta la elaboración de los Planes Estratégicos de organismos descentralizados.
Que a tal efecto, los organismos arriba citados, deberán someter al GABINETE CIENTIFICO TECNOLOGICO (GACTEC). previa intervención de la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO (URME) dichos Planes Estratégicos y de Transformación.
Que el Plan Estratégico y el Plan de Transformación, correspondientes al período 1998-2000, del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), han sido oportunamente elevados por la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO (URME) y el GABINETE CIENTIFICO TECNOLOGICO (GACTEC) han tomado la intervención que les compete.
Que esta medida se dicta en el ejercicio de las facultades conferidas por los incisos 1 y 2 del artículo 100 de la Constitución Nacional.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1°- Apruébase el Plan Estratégico y el Plan de Transformación del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, correspondiente a los años 1998 al 2000, que se agrega como Anexo I a la presente Decisión Administrativa.
Art. 2°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Jorge A. Rodríguez. - Roque B. Fernández.
NOTA: El Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución puede ser consultado en el Boletín Oficial de fecha 15/09/98, páginas 3 a 42.