PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 790/97
Amplíase el Presupuesto de la Administración
Nacional correspondiente al Ejercicio 1997 aprobado por la Ley
Nº 24.764 y distribuido por la Decisión Administrativa
12/97 para atender el pago de remuneraciones de agentes cuyos
cargos fueron suprimidos por la aplicación de la Segunda
Reforma del Estado.
Bs. As., 10/12/97
B.O: 15/12/97
VISTO la Ley Nº 24.764 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION
NACIONAL para el Ejercicio 1997 y la Decisión Administrativa
Nº 12 de fecha 16 de Enero de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 14 de la citada ley autoriza al JEFE DE
GABINETE DE MINISTROS a incorporar en la partida 115 Otros Gastos
en Personal, del inciso 1 - Gastos en Personal, los montos necesarios
para atender el pago de las remuneraciones de los agentes cuyos
cargos fueron suprimidos por aplicación de la Segunda Reforma
del Estado y que se hallan comprendidos en las situaciones previstas
en el artículo 26 del Decreto Nº 852 de fecha 25 de
Julio de 1996, sustituido por el artículo 5º del Decreto
Nº 1231 de fecha 30 de octubre de 1996.
Que la Decisión Administrativa Nº 12 del 16 de Enero
de 1997 incluyó en las jurisdicciones y entidades los créditos
a que se refiere el considerando anterior, financiados con los
recursos previstos para el Fondo de Reconversión Laboral
a que alude el artículo 9º de la Ley Nº 24.629.
Que, en diversos casos, la aprobación de estructuras organizativas
con su correspondiente publicación en el Boletín
Oficial, se produjo durante la primera quincena del mes de enero
del corriente año, lo cual impidió efectuar con
la debida anticipación las notificaciones al personal cuyos
cargos fueron suprimidos.
Que asimismo en algunas entidades se ha advertido que el cálculo
del monto de la mencionada partida parcial, incorporado en la
Decisión Administrativa Nº 12 del 16 de Enero de 1997,
resulta insuficiente para atender el pago de las remuneraciones
del personal involucrado.
Que en razón de lo expuesto resulta necesario incrementar
los créditos de la citada partida parcial como así
también los recursos provenientes de las Fuentes Financieras
previstas en la Jurisdicción 90 - SERVICIO DE LA DEUDA
PUBLICA, considerando la presente medida como complementaria de
la Decisión Administrativa Nº 12 del 16 de Enero de
1997.
Que la presente medida se halla amparada en las disposiciones
del artículo 14 de la Ley Nº 24.764.
Por ello.
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º-Amplíanse, en la suma de
CIENTO VEINTISIETE MIL QUINIENTOS PESOS ($ 127.500) el PRESUPUESTO
DE LAADMINISTRACION NACIONAL correspondiente al Ejercicio 1997
aprobado por la Ley Nº 24.764, distribuido por la Decisión
Administrativa Nº 12 del 16 de enero de 1997, en las entidades
que se detallan en planillas anexas al presente artículo,
a fin de reforzar la partida parcial 115 - Otros Gastos en Personal,
del Inciso 1 - Gastos en Personal.
Art. 2º-Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo
anterior de la presente decisión administrativa, amplíanse
en igual monto los recursos provenientes de las Fuentes Financieras
correspondientes a la Jurisdicción 90 - SERVICIO DE LA
DEUDA PUBLICA, de acuerdo con el detalle obrante en planilla anexa
al presente artículo.
Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Jorge
A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.
NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación
no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital Federal.)