MINISTERIO DE DEFENSA Decisión Administrativa 373/97 Extiéndese el plazo para el proceso de liquidación
definitiva de Tanque Argentino Mediano Sociedad del Estado en
Liquidación (TAMSE E.L.). Bs. As., 30/6/97 B.O: 14/7/97
VISTO las leyes Nros. 19.550, 23.696, 24.045 y 24.764; los Decretos
Nros. 1105 del 20 de octubre de 1989, 1396 del 23 de julio de
1990 y 185 del 24 de enero de 1982 y la Resolución Nro.
972 del Ministerio de Defensa del 25 de octubre de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que TANQUE ARGENTINO MEDIANO SOCIEDAD DEL ESTADO EN LIQUIDACION
(TAMSE E.L.) se halla "sujeta a privatización"
en los términos establecidos en el capítulo II de
la Ley Nº 23.696 de Reforma del Estado y su Decreto Reglamentario
Nº 1105/89.
Que a través de la Ley Nº 24.045 se aprueba la declaración
de sujeta a privatización efectuada por el Decreto Nº
1396/90 respecto de Entidades que operan en el ámbito del
Ministerio de Defensa, entre las que se encuentra alcanzada TANQU
E ARGENTINO MEDIANO SOCIEDAD DEL ESTADO EN LIQUIDACION (TAMSE
E.L.).
Que mediante la Resolución Nº 972/93 del Ministerio
de Defensa se dispone la disolución y declaración
en estado de liquidación de la Empresa, en los términos
del Art. 94, Incisos Nros. 4 y 5 de la Ley 19.550 y sus modificatorias.
Que por Decreto Nº 185/92, el Poder Ejecutivo Nacional delega
en el Ministerio de Defensa el ejercicio de las facultades conferidas
en la Ley 23.696 en cuanto a las Empresas en que resulte Autoridad
de Aplicación.
Que la complejidad del tema y las demoras producidas en el proceso
liquidatorio hacen que la Sindicatura General de la Nación
aun no se haya podido expedir sobre la auditoría del Estado
Patrimonial de la Sociedad.
Que el artículo 25 de la Ley 24.764 prevé un plazo
límite hasta el 30 de junio de 1997, para la liquidación
definitiva de las Sociedades declaradas en estado de liquidación
antes del 1º de Enero de 1997; y que en casos excepcionales
y cuando razones de trámites pendientes así lo justifiquen,
podrá extenderse dicho plazo hasta el 31 de Diciembre de
1997:
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del
Ministerio de Defensa ha tomado la intervención que le
compete a los efectos de propiciar la presente Decisión.
Que el Jefe de Gabinete de Ministros se halla facultado, para
el dictado de la presente en virtud de lo preceptuado en el Artículo
25 de la Ley Nº 24:764.
Por ello.
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º-Autorízase la prórroga
hasta el 31 de Diciembre de 1997 para el proceso de liquidación
definitiva de TANQUE ARGENTINO MEDIANO SOCIEDAD DEL ESTADO EN
LIQUIDACION (TAMSE E.L.), en los términos del artículo
25 de la Ley 24.764.
Art. 2º-Comuníquese a la Comisión Bicameral
creada por el artículo 14 de la Ley 23.696.
Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-
Jorge A. Rodríguez.- Jorge Domínguez.