INMUEBLES
Decisión Administrativa 431/98
Restitúyese un inmueble a la Municipalidad de San Francisco,
Provincia de Córdoba.
Bs. As., 26/8/98
B.O: 01/09/98
VISTO el expediente Nº 40.876/65 en DOS (2) cuerpos del registro
del entonces MINISTERIO DE EDUCACION Y JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que la MUNICIPALIDAD DE SAN FRANCISCO, Provincia de CORDOBA, efectúo
la donación de un inmueble a favor del Estado Nacional
Argentino, con destino a la construcción del entonces COLEGIO
NACIONAL "GENERAL DON JOSE DE SAN MARTIN" en la citada
ciudad.
Que el bien en cuestión fue donado en virtud de la Ordenanza
Nº 1116 y su modificatoria Nº 1230, promulgadas por
Decretos Municipales Nros.1976 y 292 - 211 de fecha 6 de octubre
de 1959 y 12 de agosto de 1964, respectivamente, y se encuentra
ubicado en el DEPARTAMENTO SAN JUSTO, PEDANIA JUAREZ CELMAN de
la Ciudad de SAN FRANCISCO, Provincia de CORDOBA.
Que dicha donación fue aceptada por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL mediante Decreto Nº 4573 de fecha 18 de agosto de
1969.
Que, posteriormente, el Centro Vecinal "DALMACIO VELEZ SARSFIELD"
se opuso a la construcción del citado establecimiento en
el predio donado, ya que afectaba la traza de la PLAZA VELEZ SARSFIELD,
situación que fue compartida por diversos organismos del
PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que con el propósito de dar ubicación al entonces
Colegio Nacional y no modificar la estructura de la PLAZA VELEZ
SARSFIELD, la MUNICIPALIDAD DE SAN FRANCISCO, Provincia de CORDOBA,
mediante Ordenanza Nº 1995 de fecha 2 de octubre de 1978,
formuló un nuevo ofrecimiento de un predio a favor del
Estado Nacional Argentino.
Que la mencionada MUNICIPALIDAD DE SAN FRANCISCO, solicitó
oportunamente la restitución del inmueble donado en primer
término, en atención a que el establecimiento educativo,
entonces en jurisdicción nacional, habla comenzado a construirse
en el predio donado en segunda instancia.
Que en virtud de lo expuesto, procede restituir el inmueble aludido
a fin de regularizar su situación jurídica.
Que el servicio jurídico del Ministerio de origen ha tomado
la intervención de su competencia.
Que la presente medida encuadra en las facultades conferidas por
el artículo 100, inciso 1º) de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º- Restitúyese a la MUNICIPALIDAD
DE SAN FRANCISCO, Provincia de CORDOBA, el inmueble donado oportunamente
en virtud de la Ordenanza Nº 1116 del 5 de octubre de 1959
y su modificatoria Nº 1230 del 10 de agosto de 1964, promulgadas
por Decretos Municipales Nros. 1976 del 6 de octubre de 1959 y
292-211 del 12 de agosto de 1964, respectivamente, y aceptado
por el Estado Nacional Argentino por Decreto Nº 4573 de fecha
18 de agosto de 1969, consistente en una fracción de terreno
ubicada en la Ciudad de SAN FRANCISCO, DEPARTAMENTO SAN JUSTO,
PEDANIA JUAREZ CELMAN, Provincia de CORDOBA, circundada por las
Manzanas 45 - 46 - 54 - 55 - 62 - 63 - 71 y 72, que consta de
las siguientes medidas; NOVENTA METROS (90 m) de NORTE a SUR;
en su parte ESTE y OESTE y SETENTA METROS (70 m) de ESTE a OESTE,
en su parte NORTE a SUR: con una superficie de SEIS MIL TRESCIENTOS
METROS CUADRADOS (6.300 m2), lindando; al NORTE y SUR con más
terreno de la PLAZA VELEZ SARSFIELD; al ESTE con la calle PUEYRREDON
y al OESTE con parte de la citada plaza que lo separa de la Avenida
LIBERTADOR SAN MARTIN.
Art. 2º- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-
Jorge A. Rodríguez.-Susana B. Decibe. -Carlos V. Corach.-
Roque B. Fernández.