MINISTERIO DEL INTERIOR
Decisión Administrativa 570/98
Dase por prorrogado un plazo establecido por. Decreto N° 402/98, respecto de la - excepción a las disposiciones del Decreto N° 993/91 (T.O. 1995), para la cobertura de vacantes existentes en la estructura organizativa de la Secretaría de Seguridad Interior.
Bs. As, 27/11/98
B.O.: 3/12/98
VISTO el Decreto N° 1015 dei 29 de septiembre de 1997, sus modificatorios y la Resolución del Ministerio del Interior N° 820 del 18 de mayo de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que por los artículos 13° del Decreto 1015/ 97 y 4° del Decreto 402 del 13 de abril de 1998, se dispuso exceptuar a la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, de lo establecido en el Título III, Capítulos I, II y III del Decreto N° 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O. 1995), en cuanto a la cobertura de vacantes, por un plazo de CIENTO OCHENTA (180) y SESENTA (60) días corridos, respectivamente, a partir de su vigencia.
Que por la resolución citada en el VISTO, se aprobó la estructura organizativa de los niveles de aperturas inferiores correspondiente a la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR.
Que los plazos referidos resultaron insuficientes para que la mencionada Secretaría procediera a cubrir sus respectivas vacantes.
Que en consecuencia resulta necesario extender el plazo establecido por el Título III , Capítulos I, II y III del Decreto N° 993/91 (T.O. 1995).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se encuadra en las facultades emergentes del artículo 100, incisos 1 ) y 2) de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° - Dase por prorrogado el plazo establecido en el Artículo 4° del Decreto N° 402 del 13 de abril de 1998, desde su vencimiento y por un periodo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos, respecto de la excepción a las disposiciones del Título III, capítulos I, II y III del Decreto N° 993/91 (T.O. 1995), para la cobertura de vacantes existentes en la estructura organizativa de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Art. 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. - Jorge A. Rodríguez. - Carlos V. Corach.