La Justicia de Familia de Rosario declaró inconstitucional el plazo de tres años desde celebrado un matrimonio para poder iniciar los trámites de divorcio, que dispone el Código Civil, y permitió a una pareja romper el vínculo a los seis meses de casados.
El juez de Familia Ricardo Dutto lo admitió en el caso de una pareja que había contraído enlace el 3 de febrero último, pero a los pocos días decidió separarse y desde entonces vivió en casas separadas en forma ininterrumpida.
Dutto consideró en su sentencia que "una de las mayores virtudes que deben tener las leyes y la Justicia es que respondan a la realidad y ser transparentes en la aceptación y el respeto de la voluntad de las partes".
En los considerandos, el juez Dutto determinó que "no puede anteponerse la letra de la ley por encima del sentido común, sino que debe administrársela con humanidad". "Ninguna norma general puede entender los sentimientos o pulsaciones amorosas, pues la razón legal no conoce a fondo los impulsos del corazón que empujan a un hombre y una mujer a amarse y contraer matrimonio", agregó el magistrado.
Por otra parte, el abogado Roberto Bagut, representante de uno de los miembros del matrimonio, en declaraciones radiales, señaló que "el fallo dice que le corresponde a la Justicia llegar a tiempo para resolver problemas". "Entonces, no tiene sentido que a dos personas, que se unieron en matrimonio y al poco tiempo deciden separarse, que no tienen hijos ni bienes en común, la ley o el Estado los obligue a mantener una relación matrimonial que de hecho no existe", precisó.
"La voz de un amigo, un vaso de vino y un poco de amor".
“...el hombre no debe ser objeto de mercado alguno, sino señor de todos éstos, los cuales sólo encuentran sentido y validéz si tributan a la realización de los derechos de aquél y al bien común...” (C.S.J.N., 14/9/04, Caso Vizzoti)
"Yo vi de 9 al flaco Schiavi"