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Decreto 1089/98 del 18/9/98




PRESUPUESTO

Decreto 1089/98

Amplíase el Presupuesto de la Administración
Nacional para el Ejercicio 1998 destinado al funcionamiento del
Hospital "Profesor Alejandro Posadas", la Colonia "Dr.
Manuel A. Montes de Oca" y el Instituto de Rehabilitación
Psicofísica del Sur.


Bs. As., 18/9/98.

B. O.: 23/09/98.

VISTO el expediente N° 2002-11.642/98-7 del registro del
MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL, la Ley N° 24.938 y la
Decisión Administrativa N° 6 del 6 de enero de 1998,
y

CONSIDERANDO:

Que por la citada Ley se aprobó el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION
NACIONAL para el ejercicio 1998.

Que dicha norma presupuestaria estableció en su artículo
50 un aporte de PESOS VEINTE MILLONES ($ 20.000.000) con destino
a solventar los gastos del HOSPITAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS",
la COLONIA "DR. MANUEL A. MONTES DE OCA" y el INSTITUTO
DE REHABILITACION PSICOFISICA DEL SUR, hasta el 30 de junio del
año en curso.

Que, conforme lo informado por el MINISTERIO DE SALUD Y ACCION
SOCIAL, dichos créditos resultaron insuficientes para afrontar
las erogaciones imprescindibles para el buen funcionamiento de
las entidades mencionadas durante el período que la Ley
N° 24.938 prevé.

Que es preciso adoptar medidas urgentes a los efectos de asegurar
los créditos que garanticen el normal funcionamiento de
estos servicios asistenciales hasta el 31 de diciembre del corriente
año.

Que a los fines de solucionar la situación descripta el
Jefe de Gabinete de Ministros envió al HONORABLE CONGRESO
DE LA NACION, el 13 de julio próximo pasado, el Mensaje
N° 365 proponiendo la ampliación del PRESUPUESTO NACIONAL
en la suma de PESOS VEINTIOCHO MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL ($
28.210.000) con destino a los establecimientos aludidos.

Que la norma propuesta no ha sido sancionada hasta el presente.

Que la carencia de créditos presupuestarios origina, en
los organismos en cuestión, una situación crítica
de tal magnitud que impide no sólo contar con los insumos
necesarios sino también el pago de salarios al personal
de los mismos.

Que resulta necesario, a tal fin, el dictado de una norma de carácter
legislativo que amplíe el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION
NACIONAL en la suma citada precedentemente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
SALUD Y ACCION SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente se dicta en ACUERDO GENERAL DE MINISTROS y en
uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inc.
3), de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

Artículo 1°- Amplíase el PRESUPUESTO
DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 1998 destinado
al funcionamiento del HOSPITAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS",
la COLONIA "DR. MANUEL A. MONTES DE OCA" y el INSTITUTO
DE REHABILITACION PSICOFISCA DEL SUR, de acuerdo con el detalle
de las planillas anexas al presente artículo, que forman
parte integrante del mismo.

Art. 2°- Para la atención del incremento del
presupuesto por el artículo anterior, amplíase la
autorización conferida por el artículo 6° de
la Ley 24.938 en la suma de PESOS VEINTIOCHO MILLONES DOSCIENTOS
DIEZ MIL ($ 28.210.000.-) de conformidad con lo dispuesto por
el artículo 60 de la Ley 24.156, y autorízase a
la SECRETARIA DE HACIENDA, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a realizar operaciones de crédito
público por el monto, especificaciones y destinos indicados
en la planilla anexa al presente artículo, que forma parte
integrante del mismo.

Art. 3°- Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO
DE LA NACION en virtud de lo dispuesto por el artículo
99, inciso 3) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Art. 4°- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- MENEM. - Jorge A. Rodríguez. - Alberto Mazza. - Roque
B. Fernández. - Carlos V. Corach. - Susana B. Decibe. -
Jorge Domínguez. - Raúl E. Granillo Ocampo. - Antonio
E. González.

NOTA: Este decreto se publica sin planillas anexas. La
documentación no publicada puede ser consultada en la Sede
Central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital
Federal).

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