REFORMA DEL ESTADO Decreto 1162/96 Déjase sin efecto la liquidación de Telam Sociedad
Anónima, Informativa y Publicitaria dispuesta por el Decreto
N° 660/96. Bs. As., 14/10/96
VISTO el Decreto N° 660 del 24 de junio de 1996 y
CONSIDERANDO:
Que cuestiones operativas y de mejor servicio aconsejan dejar
sin efecto la liquidación de TELAM SOCIEDAD ANONIMA, INFORMATIVA
y PUBLICITARIA oportunamente dispuesta por el artículo
32 del decreto N° 660/96.
Que por Asamblea General Extraordinaria de fecha 20 de setiembre
de 1996 fue aprobado el nuevo diagrama operativo y el procedimiento
financiero oportunamente elevado por el Directorio de Telam S.A.I.P.
Que ha tomado la intervención que le compete la UNIDAD
DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 99, inciso 1° de la Constitución
Nacional.
Por ello.
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1°-Déjase sin efecto la liquidación
de TELAM SOCIEDAD ANONIMA. INFORMATIVA Y PUBLICITARIA dispuesta
por el articulo 32 del Decreto N° 660/96 y exclúyase
al citado articulo del texto del artículo 54 de la mencionada
norma.
Art. 2°-Dispónese que el nuevo diagrama operativo
de Telam SAIP deberá ser instrumentado en forma inmediata
a partir de la firma del presente decreto. El nuevo procedimiento
económico financiero en tanto deberá ser puesto
en práctica a partir del 1° de enero de 1997.
Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge
A. Rodríguez.- Carlos V. Corach.