CONDECORACIONES
Decreto 1189/97
Apruébase un Acta mediante la cual se acuerda una condecoración
al Embajador de la República del Perú.
Bs. As., 14/11/97
B.O: 21/11/97
VISTO lo establecido por el Decreto Ley N° 16.628 del 17
de diciembre de 1957, ratificado por la Ley N° 14.467, por
el que se creó la "ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN",
y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta
de condecorar a S. E. el señor Embajador de la REPUBLICA
DEL PERU en la República, D. Alberto ULLOA ELIAS, quien
se ha hecho acreedor al honor y al reconocimiento de la Nación.
Que toca al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar la medida aprobatoria
complementaria prevista en el artículo 5º del Decreto
Ley N° 16.628 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por
Ley N° 14.467.
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1°-Apruébase el Acta del Consejo
de la "ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN", suscripta el
3 de octubre de 1997 mediante la cual se acuerda la condecoración
de la "ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN", en el grado
de GRAN CRUZ, a S. E. el señor Embajador de la REPUBLICA
DEL PERU en la República, D. Alberto ULLOA ELIAS.
Art. 2°-Extiéndase el correspondiente diploma,
de acuerdo con lo estipulado por el artículo 13 de la Reglamentación
de la "ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN" aprobada por
el Decreto N° 16.643 del 18 de diciembre de 1957.
Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivase.-MENEM.-Guido
Di Tella.