CONDECORACIONES
Decreto 1217/97
Apruébase un Acta mediante la cual se acuerda una condecoración
al Embajador de la República de Bolivia.
Bs. As., 14/11/97.
B. O.: 21/11/97.
VISTO lo establecido por el Decreto Ley N° 16.629 del 17
de diciembre de 1.957, ratificado por la Ley N° 14.467, por
el que se creó la "ORDEN DE MAYO", y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta
de condecorar a S.E. el señor Embajador de la REPUBLICA
DE BOLIVIA en la República, D. Julio GARRETT AILLON, quien
se ha hecho acreedor al honor y al reconocimiento de la Nación.
Que toca al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar la medida aprobatoria
complementaria prevista en el artículo 6° del Decreto
Ley N° 16.629 del 17 de diciembre de 1.957, ratificado por
Ley N° 14.467.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1°- Apruébase el Acta del Consejo
de la "ORDEN DE MAYO", suscripta el 8 de agosto de 1.997,
mediante la cual se acuerda la condecoración de la "ORDEN
DE MAYO AL MERITO", en el grado de GRAN CRUZ, a S.E. el señor
Embajador de la REPUBLICA DE BOLIVIA en la República, D.
Julio GARRETT AILLON.
Art. 2°- Extiéndase el correspondiente diploma,
de acuerdo con lo estipulado por el artículo 19 de la Reglamentación
de la "ORDEN DE MAYO" aprobada por el Decreto N°
16.644 del 18 de diciembre de 1.957.
Art. 3°- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- MENEM. - Guido Di Tella.