HUESPEDES OFICIALES
Decreto 1248/97
Convalídese el tratamiento acordado al Ministro de Migraciones,
Nacionalidades y Minorías de Ucrania y comitiva.
Bs.As., 19/11/97
B.O: 25/11/97
VISTO la visita efectuada al país por el señor Ministro
de Migraciones, Nacionalidades y Minorías de UCRANIA, D.
Volodymyr EVTUJ y comitiva, entre los días 26 de agosto
y 1º de septiembre de 1997, lo aconsejado por el MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y
CONSIDERANDO:
Que la Declaración de Huéspedes Oficiales encuadra
en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por
el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º-Convalídase el tratamiento
de Huéspedes Oficiales del Gobierno argentino acordado
al señor Ministro de Migraciones, Nacionalidades y Minorías
de UCRANIA. D. Volodymyr EVTUJ y comitiva, durante su permanencia
en la República, entre los días 26 de agosto y 1°
de septiembre de 1997.
Art. 2°-Atiéndase con cargo al presupuesto
correspondiente a la jurisdicción 35-MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO-para el ejercicio de
1997, los gastos derivados del presente Decreto.
Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Guido
Di Tella.