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Decreto 1357/98 del 24/11/98




HONORABLE CONGRESO DE LA NACION

Decreto 1357/98

Prorróganse las Sesiones Ordinarias.

Bs. As., 24/11/98

B.O: 27/11/98

En uso de las facultades conferidas por los artículos 63 y 99 inciso 9 de la Constitución Nacional.

EL PRESIDENTE DE LA NACION
DECRETA:

Artículo 1º - Prorróganse las Sesiones Ordinarias del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION hasta el 9 de diciembre de 1998.

Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.- MENEM.- Jorge A. Rodríguez.- Roque B. Fernández.

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