PROMOCION INDUSTRIAL
Decreto 1404/97
Apruébanse incrementos de costos fiscales
teóricos en el Impuesto al Valor Agregado correspondientes
a empresas promovidas.
Bs. As., 19/12/97
B.O: 29/12/97
VISTO la Ley Nº 23.658, el Decreto Nº 2054
del 10 de noviembre de 1992, modificado por el Decreto Nº
69 del 23 de enero de 1997, el Decreto Nº 804 del 16 de julio
de 1996, el Decreto Nº 154 del 14 de febrero de 1997, la
Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS Nº 1361 del 30 de noviembre de 1992, modificada
por la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS Nº 368 del 1º de noviembre de 1996,
y el Dictamen Nº 3 de la Comisión Asesora creada por
el artículo 18 de la Ley Nº 23.658, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 23.658 se ha sustituido de
pleno derecho el sistema de utilización de los beneficios
tributarios, con las excepciones establecidas, mediante la utilización
de Bonos de Crédito Fiscal instrumentados a través
de la cuenta corriente computarizada a que se refiere el artículo
8º del Decreto Nº 2054/92.
Que el artículo 18 de la ley citada establece
que en los casos que surjan diferencias entre el costo fiscal
teórico imputado con el comunicado por la respectiva Autoridad
de Aplicación o con el que resulte de las actuaciones administrativas,
y en aquellos en que tal imputación no se hubiera realizado,
el PODER EJECUTIVO NACIONAL tendrá la facultad, previo
dictamen de la Comisión Asesora, para resolver y en su
caso, fijar el monto de dicho costo fiscal teórico a los
efectos del otorgamiento de los Bonos de Crédito Fiscal
para el goce de los beneficios.
Que por el mismo artículo 18 se ha creado
la aludida Comisión a fin de asesorar al PODER EJECUTIVO
NACIONAL, a los fines indicados en el considerando precedente.
Que los reclamos interpuestos ante la misma fueron
convalidados por las respectivas autoridades de otorgamiento de
beneficios.
Que en cumplimiento de las facultades otorgadas por
el artículo 18 de la Ley Nº 23.658 y la Resolución
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº
1361/92, modificada por la Resolución del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 368/96, la Comisión
Asesora ha emitido el Dictamen Nº 3 mediante el cual se arriba
a los costos fiscales teóricos de las empresas que en el
Anexo al presente decreto se detallan.
Que para ello contó con la asistencia de las
dependencias asesoras de la SUBSECRETARIA DE POLITICA TRIBUTARIA
dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, con la coordinación de la
DIRECCION NACIONAL DE IMPUESTOS dependiente de dicha Subsecretaría
y la intervención de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del citado
Ministerio, en los aspectos de su competencia.
Que en consecuencia corresponde fijar los montos
de los incrementos de los costos fiscales teóricos a ser
asignados a las empresas comprendidas en el Dictamen Nº 3
aludido.
Que la Comisión Asesora, en el Acta Nº
10 de la Reunión Plenaria celebrada el 1º de octubre
de 1997, consideró un error deslizado en el Decreto Nº
154/97 estimando procedente su rectificación por lo que
corresponde su inclusión en el presente decreto.
Que ha tomado la intervención que le compete
la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que el presente se dicta en uso de las facultades
otorgadas en el artículo 18 de la Ley Nº 23.658 y
en el art. 101 del Reg. Nac. de Proc. Administrativos (Dto. 1759/72
t.o. 1991).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º-Apruébanse
los incrementos de costos fiscales teóricos en el Impuesto
al Valor Agregado correspondientes a las empresas cuya denominación,
proyecto y montos obran en el Anexo que forma parte integrante
del presente decreto.
Art. 2º-Los incrementos
de los costos fiscales teóricos referidos en el artículo
anterior serán registrados y comunicados -con el de mérito
que corresponda- en las cuentas corrientes computarizadas respectivas,
de conformidad con los términos del artículo 8º
de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS Nº 1361/92 y del artículo 6º del Decreto
Nº 804/96.
Art. 3º-La ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el
ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
con relación a los montos aprobados para la Empresa YOMA
S.A. detallados en el Anexo al presente decreto, y a los efectos
de determinar el incremento del costo fiscal teórico correspondiente
al mes de diciembre de 1992 para el impuesto al Valor Agregado,
aplicará las disposiciones de la Resolución General
de la ex- DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA Nº 3899 del 4 de noviembre
de 1994.
Art. 4º-Sustitúyese
en el Anexo I del Decreto Nº 154/97, con referencia a la
Empresa REFINERIA METALES UBOLDI Y COMPANIA S.A.C.I.F. e I., la
expresión "Expresado en Pesos Ley Nº 18.188 ($)
marzo 1983" por la siguiente: "Expresado en miles de
Pesos Ley Nº 18.188 ($) marzo 1983".
Art. 5º-Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. -MENEM. -Jorge A. Rodríguez.-
ANEXO
EMPRESA DEBEFIL S.A.
Proyecto: Decreto Provincia de La Rioja Nº 2832/86
Expresado en Australes (A) mayo 1986
Ejercicio 1993 | 113.146 |
Ejercicio 1994 | 113.146 |
Ejercicio 1995 | 113.146 |
Ejercicio 1996 | 107.169 |
Ejercicio 1997 | 101.529 |
Ejercicio 1998 | 95.888 |
Ejercicio 1999 | 90.248 |
Ejercicio 2000 | 78.966 |
Ejercicio 2001 | 61.659 |
Ejercicio 2002 | 46.245 |
Ejercicio 2003 | 35.968 |
Ejercicio 2004 | 25.691 |
Ejercicio 2005 | 15.415 |
Proyecto: Decreto Provincia de La Rioja Nº 2833/86
Expresado en Australes (A) mayo 1986
Ejercicio 1998 | 142.735 |
Ejercicio 1999 | 145.602 |
Ejercicio 2000 | 145.602 |
Ejercicio 2001 | 145.602 |
Ejercicio 2002 | 145.602 |
Ejercicio 2003 | 138.322 |
Ejercicio 2004 | 131.042 |
Ejercicio 2005 | 123.762 |
Ejercicio 2006 | 116.482 |
Ejercicio 2007 | 101.921 |
Ejercicio 2008 | 87.361 |
Ejercicio 2009 | 65.521 |
Ejercicio 2010 | 50.961 |
Ejercicio 2011 | 36.401 |
Ejercicio 2012 | 21.840 |
Proyecto: Decreto Provincia de La Rioja
Nº 1100/88
Expresado en Australes (A) noviembre 1987
Ejercicio 1998 | 684.219 |
Ejercicio 1999 | 684.219 |
Ejercicio 2000 | 684.219 |
Ejercicio 2001 | 684.219 |
Ejercicio 2002 | 684.219 |
Ejercicio 2003 | 650.009 |
Ejercicio 2004 | 615.798 |
Ejercicio 2005 | 581.586 |
Ejercicio 2006 | 547.376 |
Ejercicio 2007 | 478.954 |
Ejercicio 2008 | 410.532 |
Ejercicio 2009 | 307.899 |
Ejercicio 2010 | 239.477 |
Ejercicio 2011 | 171.055 |
Ejercicio 2012 | 102.633 |
Proyecto: Decreto Provincia de La Rioja
Nº 1563/88
Expresado en Australes (A) julio 1988
Ejercicio 1998 | 842.700 |
Ejercicio 1999 | 842.700 |
Ejercicio 2000 | 842.700 |
Ejercicio 2001 | 842.700 |
Ejercicio 2002 | 842.700 |
Ejercicio 2003 | 800.566 |
Ejercicio 2004 | 758.430 |
Ejercicio 2005 | 716 294 |
Ejercicio 2006 | 674.160 |
Ejercicio 2007 | 589.890 |
Ejercicio 2008 | 505.620 |
Ejercicio 2009 | 379.215 |
Ejercicio 2010 | 294.945 |
Ejercicio 2011 | 210.675 |
Ejercicio 2012 | 126.405 |
EMPRESA YOMA S.A.
Proyecto: Decreto Provincia de La Rioja
Nº 3094/84
Expresado en Pesos Argentinos ($a) agosto
1984
Proyecto: Decreto Provincia de La Rioja
Nº 1085/88
Expresado en Australes (A) abril 1988
EMPRESA HILANDERIA VILLA OCAMPO S.A.
Proyecto: Resolución ME Nº 227/79
Expresado en Peso Ley Nº 18.188 ($)
mayo 1977
Ejercicio 1993 | 174.506.000 |
Ejercicio 1994 | 168.508.000 |
Ejercicio 1995 | 154.611.000 |
Ejercicio 1996 | 137.011.000 |
Ejercicio 1997 | 112.883.000 |
Ejercicio 1998 | 80.417.000 |
Ejercicio 1999 | 38.688.000 |
Ejercicio 2000 | 8.204.000 |
Proyecto: Resolución ME Nº 584/87
Expresado en Australes (A) diciembre 1985
Ejercicio 1993 | 688.289 |
Ejercicio 1994 | 590.168 |
Ejercicio 1995 | 590.168 |
Ejercicio 1996 | 590.168 |
EMPRESA CORVIN NEUQUEN S.A.
Proyecto: Resolución SICE Nº 2324/89
Expresado en Australes (A) setiembre 1986
Ejercicio 1993 | 67.914 |
Ejercicio 1994 | 71.442 |
Ejercicio 1995 | 71.442 |