MINISTERIO DE DEFENSA
Decreto 1408/98
Establécese un aporte al Tesoro Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley Nº 11.672 (t.o. 1997).
Bs. As., 7/12/98
VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1998 aprobado por la Ley Nº 24.938 distribuido por la Decisión Administrativa Nº 6 de fecha 6 de enero de 1998 y,
CONSIDERANDO:
Que la Subjurisdicción 45 - 21 ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO, ha requerido en forma fundamentada asignaciones adicionales de créditos destinadas a atender gastos de impostergable realización.
Que es obligación del TESORO NACIONAL instrumentar los mecanismos de financiamiento necesarios con tal objetivo.
Que existen mayores recursos con afectación especifica efectivizados por sobre los calculados en el ámbito de la Subjurisdicción 45-20 MINISTERIO DE DEFENSA.
Que los referidos recursos tienen su origen en dividendos producto de las participaciones en empresas del área y privatizaciones.
Que gran parte de los mismos proviene de remanentes de ejercicios anteriores y se acreditan con saldos suficientes en la cuenta única del TESORO NACIONAL.
Que dada la obligación mencionada, resulta necesario recurrir a la facultad del PODER EJECUTIVO NACIONAL dispuesta por el artículo 44 de la Ley Nº 11.672 (t.o. 1997) para afectar los excedentes financieros con destino a Rentas Generales.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 99 inciso 1° de la CONSTITUCION NACIONAL, 44 de la Ley N° 11.672 COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE PRESUPUESTO (t.o. 1997) y 14 y 57 de la Ley Nº 24.938 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º- Establécese un aporte al Tesoro Nacional de PESOS TRECE MILLONES QUINIENTOS SESENTAY OCHO MIL ($ 13.568.000) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley Nº 11.672 (t.o. 1997), el que será ingresado al mismo en los plazos que determine la SECRETARIA DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 2º- Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL aprobado para el ejercicio 1998, de acuerdo con el detalle en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 3º- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- MENEM.- Jorge A. Rodríguez.- Jorge Domínguez.- Roque B. Fernández.
NOTA: Este decreto se pública sin planillas anexas. La documentación no publicada puede ser consultada en la sede central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital Federal).